La Superintendencia de Bancos de Panamá emitió el Acuerdo No. 6-2026, por medio del cual actualiza las normas de transparencia informativa en el sector financiero, principalmente sobre los préstamos.
De acuerdo con lo establecido en el documento, se exige a los bancos entregar a sus clientes una tabla de amortización detallada que desglose capital, intereses, comisiones y el costo total del crédito.
De igual forma, se establece la obligación de notificar previamente cualquier variación en las tasas de interés o cambios en las condiciones contractuales pactadas originalmente.
Según la Superintendencia de Bancos, estas medidas tienen como fin fortalecer el equilibrio jurídico entre las entidades bancarias y los usuarios mediante una comunicación clara y gratuita.
Se indica que las disposiciones establecidas en este acuerdo, de cumplimiento obligatorio, entrarán en vigor el 22 de octubre de 2026.
El acuerdo explica que, en caso de existir dudas sobre los conceptos que contiene dicho documento, el banco deberá aclararlas. Además, luego de leído el documento y resueltas las dudas, se dejará constancia de haberse notificado al cliente y de haberle entregado una copia, sin costo alguno, de la tabla de amortización.
También se establece que, si durante la vigencia del crédito la entidad bancaria efectuara variaciones en la tasa de interés o cambios en las condiciones pactadas que incidan en el cronograma de pagos, la entidad bancaria deberá entregar de manera gratuita la nueva tabla de amortización recalculada, al momento de notificar la variación al cliente.
Otro aspecto importante que contiene el documento está relacionado con operaciones activas. En estos casos, cada vez que existan variaciones en las tasas de interés o cambios en las condiciones pactadas, el banco deberá notificarlo previamente al cliente, quien deberá mantener al banco informado sobre sus cambios en su dirección, números telefónicos, correo electrónico o cualquier otro medio de notificación acordado para efectos de esta y otras notificaciones.
Igualmente, si la póliza de seguro se encuentra vencida o cancelada, el banco deberá asegurarse de notificar al cliente de tal condición.

