Pananá tiene un 98% de cumplimiento de las normas necesarias para garantizar la transparencia fiscal de cara a las evaluaciones de la Unión Europea, específicamente la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (Taxud) para salir de la lista de paraisos fiscales y enfrentar las futuras revisiones del foro global de la OCDE en 2027.
Así lo informó José Almengor, jefe de Intercambio de Información Tributaria de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas, quien señaló que se están realizando los cambios necesarios para la revisión de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), prevista para el primer trimestre de 2027.
Almengor detalló que Panamá pasó de un 69% de incumplimiento en registros contables (en 2019) a un 93% de cumplimiento, así como un 98% de cumplimiento en beneficiarios finales y un 97% de propiedad legal.
Representantes de la Dirección de Estrategia Financiera y Fiscal Internacional y de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas explicaron las claves de la Ley 526 de 2026 sobre Sustancia Económica, los avances en transparencia fiscal y el cronograma de evaluaciones que enfrenta el país, durante el conversatorio organizado por la International Fiscal Association (IFA), Capítulo Panamá, denominado “Sustancia Económica en Panamá: Claves para entender la Ley 526 de 2026”.
Las autoridades de ambos organismos indicaron que uno de los principales beneficios de la Ley 526 sobre Sustancia Económica es facilitar que Panamá avance hacia la exclusión de los listados internacionales, que actualmente generan restricciones para las inversiones. Isabel Vecchio explicó que estar en el Anexo I ha frenado la expansión de la red de convenios para evitar la doble tributación. Actualmente la DGI trabaja para ampliar dicha red.
Por su parte, Tatiana Alemán, sub directora de la Dirección de Estrategia Financiera y Fiscal Internacional del MEF, indicó que la norma remarca el compromiso que tiene Panamá con la transparencia y ofrece muchos beneficios a la inversión extranjera.
Luego de la aprobación de la Ley 526, Panamá espera que el Código de Conducta de la Unión Europea evalúe la implementación de la norma. El país aspira avanzar del Anexo I al Anexo II, una vez concluya la revisión, aunque la aprobación de la ley constituye solo el primer paso. “El Código de Conducta no solo ve la ley, también revisa cómo se implementa”, explicó Almengor.
El 30 de abril, Panamá solicitó formalmente al foro global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) una nueva revisión sobre el intercambio de información a requerimiento, el principal problema por el cual Panamá está en la lista. La evaluación está prevista para el primer trimestre de 2027, con el objetivo de que el país mejore su calificación de “parcialmente cumplidor” a “altamente cumplidor”.
En cuanto al intercambio automático de información financiera, Panamá espera que para noviembre de este año el Foro Global publique oficialmente al país en la categoría de “largely compliant” (altamente cumplidor), luego de haber superado la categoría “non-compliant”.
Retos de las sociedades tenedoras panameñas
En la conferencia magistral “Desafíos Fiscales de las Estructuras Holdings bajo la Ley de Sustancia Económica, el abogado Ramón Anzola, socio de Anzola Robles & Asociados, señaló que uno de los principales desafíos será la correcta aplicación de la Ley 526.
Destacó la importancia de diferenciar las sociedades holding de grupos multinacionales de aquellas creadas para administrar patrimonios o inversiones personales, a fin de evitar cargas regulatorias que afecten la competitividad de Panamá.
Asimismo, planteó la necesidad de aplicar con criterios razonables los requisitos de sustancia económica, la norma antiabuso y los casos de sustancia simplificada, además de impulsar reformas para modernizar la legislación societaria, ampliar la red de convenios para evitar la doble tributación y fortalecer la promoción internacional del país como centro de negocios.
Al respecto, el abogado especialista en Tributación Internacional José Andrés Romero, explicó que uno de los aspectos clave que debe tener el Reglamento de Ley de Sustancia Económica es definir el alcance de la definición de Residencia Fiscal en el ámbito de lo que se considera un grupo multinacional, es decir si una entidad no tiene residencia fiscal en Panamá puede o no ser miembro integrante de un grupo multinacional.
Otro punto fundamental abordado fue el análisis de la interacción entre el régimen de sustancia económica de rentas pasivas y el de precios de transferencia. Durante el debate, se reafirmó la plena autonomía de este último, fundamentada en el Código Fiscal y en la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Al respecto, el Dr. José Luis Galíndez señaló que, al celebrarse transacciones intragrupo que generen rentas pasivas, estas deberán cumplir con las obligaciones formales y materiales.

