Exclusivo

DGI extiende plazo para presentar registros contables

La institución dio plazo nuevamente para que los agendes residentes presenten la declaración jurada de los registros contables de los años 2021 y 2022 hasta el 31 de marzo de 2024.

DGI extiende plazo para presentar registros contables
Los agentes residentes tendrán que presentan la declaración de los registros contables de 2021 y 2022 ante la DGI. Archivo

La Dirección General de Ingresos (DGI) decidió extender nuevamente el plazo hasta el próximo año para que los agentes residentes presenten la declaración jurada de registros contables correspondientes a los años 2021 y 2022. La extensión obedece a que se están implementando mecanismos adecuados para ejecutar dicha obligación, indicó la institución.

El nuevo plazo será hasta el 31 de marzo de 2024. En octubre pasado, la DGI había concedido extender la presentación de los registros contables justo hasta el 31 de diciembre de 2023.

A través de la Resolución No. 201-10858 del 26 de diciembre de 2023, publicada en Gaceta Oficial No. 29939 del 28 de diciembre de 2023, emitida por la DGI, se informa a los agentes residentes la extensión del plazo de presentación de la declaración jurada de registros contables correspondiente a los años 2021 y 2022, ante el organismo tributario.

Según establece la Ley 52 de 27 de octubre de 2016, modificada por la Ley 254 de 11 de noviembre de 2021, se establece la obligación del agente residente de entregar ante la DGI, una declaración jurada anual que contenga una lista de las personas jurídicas para las cuales ejerce el servicio de agente residente.

De acuerdo con la firma EY, esta declaración jurada anual debe incluir datos como el nombre y número de registro único de contribuyente, detalles de aquellas personas jurídicas cuyos registros contables originales y documentación de respaldo son mantenidos en las oficinas del agente residente dentro de la República de Panamá.

También se tendrá que indicar a aquellas personas jurídicas cuyos registros contables originales y documentación de respaldo sean mantenidos en cualquier otro lugar distinto a las oficinas del agente residente, dentro o fuera de la República de Panamá y, en estos casos, se establecerá que cuenta con las copias de los registros contables, el nombre y datos de contacto de la persona que mantiene esta documentación bajo su custodia, así como la dirección física donde se mantienen.


Última Hora

  •  El Canal de Panamá y la geoeconomía: lucha de gigantes en la cintura de América Leer más
  •  El doble terremoto de Venezuela en cifras Leer más
  • 05:01 Mucho más que fertilidad: el poder oculto de las hormonas femeninas Leer más
  • 05:01 El alcalde Mayer Mizrachi confirma que tiene 16 asesores Leer más
  • 05:00 Dante en Ucrania Reclutadores rusos en Berlín: la historia de un panameño Leer más
  • 05:00 ‘Es un proyecto inconsulto’: alcalde de Santa María sobre polémica cárcel en Divisa  Leer más
  • 04:50 Opciones para diversificar con un enfoque conservador Leer más
  • 04:30 Los hijos de Ricardo Martinelli piden un perdón presidencial a Donald Trump Leer más
  • 04:00 El espejismo del crecimiento: ¿Quién se ha llevado nuestra riqueza? Leer más
  • 03:29 Presidente de Corea del Sur exige una investigación tras la eliminación del Mundial 2026 Leer más