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Dos propuestas de ley plantean cambios radicales al mercado eléctrico para consumidores y empresas

Dos propuestas de ley plantean cambios radicales al mercado eléctrico para consumidores y empresas
El Ejecutivo propone modificar las reglas que rigen el sector eléctrico panameño. Archivo

El proyecto de ley 705, presentado por el ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, plantea, entre otros cambios, darle a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) la facultad de intervenir una empresa de distribución eléctrica cuando esté en riesgo la continuidad del servicio que presta.

El Ejecutivo propone modificar las reglas que rigen el sector eléctrico panameño, dos años antes de que venzan los actuales contratos de concesión firmados entre las empresas distribuidoras ENSA, Edemet y Edechi (Naturgy) con el Estado.

La iniciativa también traslada a las empresas distribuidoras la responsabilidad de ejecutar proyectos de electrificación rural en áreas no servidas, no rentables y no concesionadas. Estos proyectos serían definidos por la Oficina de Electrificación Rural con la Secretaría Nacional de Energía y aprobados por la ASEP dentro del proceso de revisión tarifaria.

La propuesta mantiene el periodo de concesión de distribución de energía por 15 años. Igualmente establece que, antes de su vencimiento, la ASEP deberá convocar un proceso competitivo para la venta del paquete mayoritario de las acciones de las empresas distribuidoras. El paquete mayoritario se define como el bloque de al menos el 51% de las acciones de la empresa, tanto en ENSA como en Naturgy, que permite ejercer el control de la compañía. El 49% restante le pertenece al Estado panameño.

Los actuales contratos de las distribuidoras vencen en octubre de 2028, por lo que el proyecto introduce desde ahora las reglas que regirían el proceso para determinar quién mantiene el control de estas compañías durante los siguientes 15 años.

El mecanismo propuesto permitiría participar a las actuales ENSA y Naturgy. Si estas presentan una oferta igual o superior a la más alta de los demás participantes, conservaría la concesión. Si otro participante ofrece más, el paquete mayoritario sería adjudicado al mejor oferente y se otorgaría una nueva concesión por 15 años.

ASEP podría intervenir una empresa

Uno de los cambios de mayor alcance es la creación de una figura de intervención para garantizar la continuidad del servicio.

La propuesta permitiría a la ASEP, como ente regulador, intervenir a un prestador del servicio eléctrico durante el tiempo necesario para corregir las deficiencias detectadas o mientras se rescinde o resuelve administrativamente el contrato de concesión o se termina la concesión.

Según el proyecto, para ello se designaría un interventor con experiencia en el sector eléctrico y facultades para administrar, supervisar y gestionar las operaciones de la empresa. El costo de esa intervención correría por cuenta de la distribuidora.

De ser aprobada, esta figura podría convertirse en una de las principales herramientas nuevas de la ASEP frente a incumplimientos de las empresas, ya que el proyecto también establece que una concesión podría terminar por incumplimientos reiterados de las obligaciones contractuales, del programa de inversiones, de la electrificación rural o de los indicadores de calidad del servicio.

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Más obligaciones para las distribuidoras

Además de atender las solicitudes de suministro de energía y ejecutar las inversiones aprobadas, las distribuidoras deberán ampliar sus redes para atender nuevas demandas y cumplir con la electrificación rural.

También deberán realizar las inversiones necesarias para implementar redes inteligentes, mejorar los sistemas de medición y mantener las instalaciones en condiciones adecuadas de operación y seguridad.

La propuesta establece además que los proyectos de electrificación rural ejecutados por las distribuidoras serán considerados en su totalidad como activos de estas empresas para el cálculo del valor agregado de distribución.

Distribuidoras comprarían la energía

Otro de los cambios se relaciona con la forma en que las distribuidoras comprarán potencia y energía en el mercado de generación. El servicio de ENSA y Naturgy es únicamente el de distribuir la energía que producen las generadoras.

El proyecto establece que las distribuidoras podrán realizar de manera conjunta o individual los actos de concurrencia para contratar el suministro, preparar los pliegos, convocar los procesos y evaluar y adjudicar los contratos, bajo los parámetros establecidos por la ASEP.

Esta modificación tendría una fecha específica de entrada en vigor: 22 de octubre de 2028. Los contratos resultantes tampoco requerirían el refrendo de la Contraloría General de la República para su perfeccionamiento. Actualmente el proceso de compra de energía y potencia lo convoca y organiza la estatal Empresa de Transmisión Eléctrica (Etesa).

También se crean los denominados pliegos de cargos especiales, que deberán ser aprobados por la ASEP y estarán sujetos a las directrices de política energética de la Secretaría Nacional de Energía. En estos procesos podría establecerse un precio de referencia y condiciones específicas de compra.

Límites a la concentración del mercado

El proyecto introduce nuevos límites para evitar una concentración excesiva tanto en generación como en distribución.

Las empresas generadoras no podrán controlar directa o indirectamente empresas distribuidoras y no podrán solicitar nuevas licencias o concesiones si con ello atienden más del 30% del consumo nacional. El proyecto contempla una excepción para nuevas licencias destinadas exclusivamente a grandes suministros, como los centros de datos.

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Reclamos: 15 días para responder

La iniciativa también modifica las reglas para los clientes.

Las distribuidoras tendrían un máximo de 15 días para resolver los reclamos por inconsistencias en la facturación o por alto consumo. Si la empresa no responde dentro de ese plazo, el reclamo se entendería resuelto a favor del cliente.

Además, los clientes tendrían derecho a recibir créditos en su factura cuando se determine que la empresa incumplió los niveles de calidad establecidos en la normativa.

Multas de hasta $20 millones

El régimen sancionatorio también se endurece. Las multas a los prestadores podrían alcanzar los $20 millones, dependiendo de la gravedad de la infracción, la reincidencia y el grado de incumplimiento.

El proyecto contempla, además, multas diarias de entre $100 y $10,000 cuando una empresa no cumpla una orden impartida por la ASEP. Los recursos provenientes de determinadas multas serían destinados en beneficio de los clientes mediante las tarifas.

El proyecto aún puede cambiar

El proyecto deberá ser discutido en la Asamblea Nacional, donde pasará por el proceso legislativo correspondiente y los diputados podrán modificar, eliminar o incorporar nuevas disposiciones antes de una eventual aprobación.

La propuesta fue presentada el 7 de septiembre de 2026 y figura pendiente de primer debate en la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos.

La iniciativa modifica y adiciona varias disposiciones de la Ley 6 de 1997 y también introduce cambios a la Ley 26 de 1996, que establece el marco de la entidad reguladora. Su objetivo declarado es fortalecer la calidad y continuidad del servicio, ampliar la cobertura eléctrica, modernizar las redes y mejorar las condiciones de competencia en el mercado.

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Yamireliz Chong, diputada de la bancada de Vamos. Archivo

Otro proyecto para el mercado eléctrico

Ayer, 10 de septiembre, la diputada Yamireliz Chong con el respaldo de la Coalición Vamos, presentó el anteproyecto de ley para reformar el mercado eléctrico. Serían así dos proyectos, sumando la iniciativa del Ejecutivo.

Su propuesta busca abrir el mercado a comercializadores independientes, democratizar la energía solar, endurecer las sanciones por fallas del servicio e inhabilitar a distribuidoras reincidentes de cara a la licitación de concesiones de 2028.

El documento define explícitamente al llamado “Prosumidor” como aquel cliente que consume energía y, a la vez, genera electricidad para su autoconsumo con la posibilidad de inyectar excedentes a la red. Se consagra el derecho legal de todo usuario a interconectar sistemas renovables sin que la distribuidora pueda impedirlo arbitrariamente.

Para instalaciones pequeñas en casas o pequeños comercios (hasta 10 kW), se crearía un procedimiento simplificado con un plazo de respuesta de máximo 5 días hábiles.

También promueve la comercialización independiente y el derecho a la portabilidad energética.

El anteproyecto separa la operación de la red física del negocio de venta de electricidad, permitiendo que comercializadores independientes debidamente licenciados vendan energía a clientes elegibles sin ser propietarios de la red de distribución.

Para hacer viable este esquema, se busca ordenar al Centro Nacional de Despacho (CND) administrar una plataforma digital neutral que permita concretar el cambio de comercializador en un plazo máximo de 48 horas.

La apertura sería gradual, iniciando el primer año para clientes con una demanda igual o superior a 100 kW y reduciéndose a 50 kW en el segundo año, abriendo la puerta a incorporar progresivamente a usuarios residenciales en fases posteriores.

Para asegurar inversiones reales en la red, se exige a los agentes de transmisión y distribución formular planes quinquenales vinculantes de modernización, expansión y mantenimiento sometidos a la aprobación expresa de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), eliminando la aprobación automática por silencio administrativo.

La calidad del servicio se evaluará públicamente y se establecería un procedimiento técnico auditable para determinar el origen de las interrupciones, garantizando que no se imputen a las distribuidoras las fallas provenientes de la red de transmisión.

El régimen sancionatorio sufre una reestructuración profunda al sustituir los montos fijos por multas graduadas en función de los ingresos regulados anuales del infractor: de 0.1% a 1% para faltas leves, de 1% a 5% para faltas graves y de 5% a 10% para faltas muy graves.

Los fondos recaudados por estas multas deberán reorientarse prioritariamente a compensar a los clientes afectados mediante créditos directos en sus tarifas.

La reforma propone la independencia técnica y funcional del CND respecto a ETESA, estableciendo estrictas incompatibilidades para evitar que una misma persona ejerza simultáneamente funciones de regulación, política energética y representación accionaria del Estado, e imponiendo a las empresas el deber de invertir al menos el 0.5% de sus ingresos anuales en programas de eficiencia energética sin costo adicional para el usuario.


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