El presidente de la República Laurentino Cortizo sancionó una norma sobre créditos fiscales, cuyo remedio, a través de Ley 789 de 2022, terminó por otorgar a un reducido grupo de empresarios e inversionistas iguales beneficios a los que establecía la criticada y abusiva Ley 122 de 2019.
Ciertamente, la ley sancionada el pasado lunes reduce el beneficio del crédito fiscal de un 100% a un 60%.
Pero hay quienes podrán gozar de lo que establece la Ley 122 de 2019, es decir, del 100% de la exoneración.
La ley 789 exactamente indica: las personas naturales o jurídicas, que a la entrega en vigencia de esta ley, cuenten con su respectivo estudio de impacto ambiental y la autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá para la emisión de los bonos, acciones o demás instrumentos financieros, ya sean emitidos por la empresa turística o por una sociedad de inversión inmobiliaria, o con la resolución de reconocimiento de crédito fiscal emitida por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, gozarán del beneficio fiscal reconocido, de conformidad a las normas vigentes al momento de su expedición. El trámite al que hace alusión el presente parágrafo solo podrá iniciarse hasta el 30 de julio del año 2022.
¿Cómo se materializa el incentivo que recibirán unos pocos?
En los tres años de vigencia de la Ley 122, hay un total de emisiones turísticas registradas por $493.9 millones, mientras que en trámite hay otros por $127 millones.
En total, son $620 millones, pero la cifra será más alta cuando se admitan los cambios de empresas que han solicitado modificaciones para aumentar los montos de sus emisiones.
Con estas emisiones un grupo privilegiado de personas jurídicas o naturales que adquieran bonos, acciones u otros instrumentos financieros emitidos por empresas turísticas, finalmente recibirán certificados de crédito fiscal del impuesto sobre la renta equivalente al 100% de las sumas invertidas en los proyectos turísticos.
Cortizo explicó que la normativa es “autofinanciable”, ya que al iniciar las construcciones turísticas se generan para el Estado impuestos, contribuciones a la Caja de Seguro Social, y posteriormente impuestos sobre la renta permanente.
Pero nunca se demostró a través de un estudio científico y técnico en la Asamblea Nacional la sustentación económica de la ley.
Carlos Barsallo, abogado y presidente de la entonces Comisión Nacional de Valores de Panamá, dijo a este medio que se ha aprobado una ley que viola el principio fundamental de equidad en materia tributaria.
Detalló que el principio de equidad no implica la necesidad de que los contribuyentes se encuentren, en todo momento y ante cualquier circunstancia, en condiciones de absoluta igualdad. Se refiere a la igualdad jurídica, que implica, al derecho de todos los ciudadanos a recibir el mismo trato que quienes se ubican en similar situación de hecho.

