Mitradel detecta a extranjeros trabajando sin permiso; estas son las sanciones para las empresas y los empleados

Al menos 10 extranjeros sin permisos de trabajo detectados en operativos en Panamá, Los Santos y Chiriquí.

Mitradel detecta a extranjeros trabajando sin permiso; estas son las sanciones para las empresas y los empleados
Se inspeccionaron más de 15 establecimientos comerciales. Cortesía Mitradel

El Ministerio del Trabajo y Desarrollo Laboral ha reforzado los operativos en empresas, comercios y otros establecimientos, ante el hallazgo de empleados extranjeros sin permisos de trabajo tanto en ciudad de Panamá como en el interior del país.

La Dirección Nacional de Inspección, detectó a unos 10 extranjeros laborando sin los debidos permisos, durante jornadas de inspección realizadas en las provincias de Panamá, Los Santos y Chiriquí.

Durante las acciones conjuntas con el Servicio Nacional de Migración, se inspeccionaron unos 15 comercios, en los cuales se ubicaron personas provenientes de las siguientes nacionalidades: Cuba (1), República Dominicana (1), Colombia (3), Venezuela (4) y China (1), registrándose incumplimientos en al menos 10 de estos establecimientos.

Las autoridades procedieron a levantar las respectivas providencias administrativas por posible incumplimiento de la legislación laboral panameña, en los sitios donde se identificaron las faltas.

Asimismo, se emitieron tres solicitudes de documentación, con fecha límite de entrega para el martes 19 de agosto de 2025.

Alertaron que los propietarios de los establecimientos deben acatar las disposiciones legales vigentes, a fin de evitar la imposición de sanciones administrativas.

¿Qué sanciones se aplican?

Si una empresa emplea a personas extranjeras sin los respectivos permisos puede enfrentar multas que aumentan con cada reincidencia, hasta alcanzar los $10,000 en caso de una tercera vez, y la suspensión temporal del aviso de operación.

Mientras que el trabajador extranjero puede ser deportado y enfrentar dificultades en futuros trámites migratorio.

Sanciones para el empleador:

Según el Artículo 20 del Código de Trabajo, toda empresa o comercio que contrate migrantes informales será sancionado con multas por cada trabajador en condición de ilegalidad:

  • Primera vez: $500 por cada trabajador extranjero sin permiso.

  • Segunda vez: $1,000 por cada trabajador extranjero sin permiso.

  • Tercera vez: $10,000 (y se solicita al Ministerio de Comercio e Industrias la suspensión temporal del aviso de operación).


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