El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió un reciente decreto en el que reformó el calendario para implementar el uso de equipos fiscales y el sistema de facturación electrónica en Panamá.
Por ejemplo, los servicios de transporte público de pasajeros internacionales por vía terrestre, aérea o marítima, no exceptuados por la ley, deberán implementar el sistema a partir del 1 de marzo de 2023, cuando anteriormente se había fijado para enero de este año.
El decreto ejecutivo N°3 del 20 de enero de 2023 estableció que las operaciones y servicios generales realizados por los bancos y otras entidades financieras, las empresas de arrendamiento financiero, fiduciarias o cooperativas tendrán que hacer uso obligatorio de la facturación electrónica a partir de abril de 2023, en una primera fase, y luego en junio y en agosto, una segunda y tercera fase, respectivamente.
Esto representa varios meses de planificación e implementación que tienen a su favor dichos sectores económicos, considerando que de acuerdo con el calendario previo debía cumplir con la factura electrónica a partir del mes de febrero.
Las zonas libres y zonas francas están en iguales condición, ya que originalmente debían implementar el uso de los equipos fiscales autorizados desde febrero, pero su fecha se movió al 31 de junio.


