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Nueva ley blinda privilegio a los amigos del poder

El abogado que demandó la norma, Ramón R. Arias, plantea que la Ley 314 de 2022 parece un concubinato entre donantes de campaña y el Palacio de Las Garzas.

Nueva ley blinda privilegio a los amigos del poder
Al aprobar la Ley 314 de 2022, el Ejecutivo no derogó la Ley 122 del 31 de 2019; solo la escondió a plena luz. Archivo

La nueva Ley 314 de 2022 sobre incentivos fiscales a la industria del turismo, blinda las exoneraciones concedidas a un pequeño grupo de empresarios a través de la Ley 122 de 2019.

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Ley de créditos fiscales en la industria turística propicia inequidad tributariaPolémica ley 789 que crea incentivos a la actividad turística es sancionada por Cortizo

La Ley 122 reconocía un crédito fiscal del 100% de las inversiones turísticas ubicadas fuera del distrito de Panamá, con la supuesta intención de promover el desarrollo del sector en el interior del país. Esta norma fue demandada por inconstitucional por el abogado Ramón Ricardo Arias, para quien “la Ley 314 realmente modifica la Ley 122, pero mantiene los beneficios para unos cuantos”, ya que la nueva norma incluye un “cuestionable parágrafo transitorio”, que reconoce un crédito fiscal del 100% del valor de la inversión a aquellas empresas que hayan hecho trámites para acogerse a los beneficios de la Ley 122 antes del 30 de julio de este año.

Para el resto de los inversionistas fuera del distrito capital, la Ley 314 reconoce un crédito fiscal de 60%.

“No tengo certeza de quienes son todos los beneficiados con esta ley [314 de 2022] y el nefasto parágrafo transitorio, pero pareciera haber un concubinato entre donantes de campaña, allegados a Palacio y beneficiados”, dijo Arias.

Entre los beneficiarios del incentivo fiscal de la Ley 122 están los grupos empresariales Eleta, Bern y Alemán, con inversiones por $232 millones, $155 millones y $71 millones, respectivamente.

La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá había pedido el veto de la ahora Ley 314.

Abracadabra, la camaleónica vida de un incentivo fiscal

Un acto de ilusionismo visto en cámara lenta deja de ser magia para transformarse en mera viveza. La Ley 314 del 20 de junio de 2022 no deroga la Ley 122 del 31 de diciembre de 2019; la esconde a plena luz.

Para entender la danza de los incentivos fiscales del turismo es obligante comprender el origen de ese artefacto llamado “créditos fiscales transables’'.

Nace una estrella

La Ley 80 del 8 de noviembre de 2012 elevó de categoría los incentivos fiscales comunes y silvestres, que se habían generalizado en la economía panameña en beneficio de una amplia serie de actividades. Antes de esta ley, un inversionista en el sector turístico que tuviese un crédito fiscal tenía que usarlo para sí mismo.

El artículo 9 de la Ley 80 estableció un crédito fiscal transable que se convertía en un bono hasta por el 50% del valor de la inversión realizada por un promotor en el sector turístico. Esto significa que ese promotor debía vender el bono equivalente a su crédito fiscal. El incentivo duraba hasta el 31 de diciembre de 2016. El bono tenía un término de 10 años.

Por su parte, el artículo 16 de la Ley 80 establecía como un requisito el pago de una fianza de cumplimiento por parte del promotor de la actividad turística, equivalente al 1% del valor de la inversión, hasta un tope de 500 mil dólares. La fianza debía ser consignada a los 30 días de haberse emitido la resolución por parte de la Autoridad de Turismo de Panamá, que reconocía al proyecto de inversión como beneficiario del incentivo fiscal.

Un regalo de fin de año

Vencido el gustado incentivo fiscal de la Ley 80 de 2012, la Ley 122 de 2019 lo recuperó y duplicó.

En el artículo 1 de esta ley, se modifica el artículo 9 de la ley de 2012 y se establece que el bono puede ser emitido por el 100% de la inversión turística realizada.

Para evitar una avalancha de las finanzas públicas, ese mismo artículo creó una fórmula para el uso del bono, así: durante la vida del bono se podrá usar anualmente hasta el 15% de su valor para reducir el pago de impuesto sobre la renta en todas sus formas, hasta un tope del 50% del impuesto adeudado. En otras palabras, solo se puede usar el bono para reducir la mitad del pago de impuestos del año en curso. El bono mantiene su término de 10 años. El incentivo fiscal perecerá el 31 de diciembre de 2025.

El artículo 2 de la Ley 122 prorroga los beneficios fiscales de todas las empresas que los hayan perdido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2019. Estas exoneraciones ya fenecidas fueron revividas y extendidas hasta el 31 de diciembre de 2025. A las empresas y hoteles que se les vencieron sus incentivos después del 31 de diciembre de 2019, también se le extendieron hasta el último día del año 2025. La Ley 122 de 2019 no tocó el artículo 16 de la Ley 80 de 2012.

Supuesta derogatoria

La Ley 314 de 2022 se denomina: “Que modifica la Ley 80 de 2012, que dicta normas de incentivos para el fomento de la actividad turística, y dicta otras disposiciones”. Es decir, textualmente no deroga a la Ley 122 de 2019.

En el artículo 1 de la Ley 314 se redujo el incentivo fiscal del 100% al 60%. Las otras reglas del uso del bono y su plazo de duración se mantienen. Este incentivo de 60% expira el 31 de diciembre de 2024. Además, incluye dentro del incentivo un monto equivalente al 5% de la inversión realizada en cumplimiento del Plan Maestro de Turismo que, como explicó el abogado Ramón Ricardo Arias, puede significar que no cambia mucho, ya que “la ley anterior hablaba de 100% y esta se reduce a 60%, pero la redacción agrega el 5% de la infraestructura del plan maestro, lo cual pudiera representar mucho más dinero”.

Estas inversiones del Plan Maestro incluyen calles, acueductos, puertos, aeropuertos, helipuertos y otros.

Finalmente, este artículo establece en un parágrafo que las empresas que se beneficiaron con el incentivo de la Ley 122 lo mantienen, al igual que toda empresa que empiece el trámite hasta el 30 de julio de 2022.

El artículo 2 de la Ley 314 reforma el artículo 16 de la Ley 80, sobre las fianzas de cumplimiento. Se mantiene el concepto de la fianza del 1% de la inversión por parte del promotor hasta un tope de $500 mil, pero se agrega una nueva fianza de cumplimiento para aquellas empresas turísticas o sociedades de inversión inmobiliaria “que sean beneficiadas” con los bonos del crédito fiscal transable. Estas deberán consignar una fianza del 2% del valor del proyecto, con un tope de $1 millón. Ambas fianzas deberán estar vigentes durante la fase de construcción y hasta un año después de la entrada en operaciones de la actividad turística.

El artículo 3 de la Ley 314 se acordó de otras inversiones turísticas amparadas por la Ley 8 de 1994 y la Ley 58 de 2006, que les obligaban a pagar una fianza anual. Ahora, están exentas de presentar esa fianza anual que exigía el régimen legal que les era aplicable.

La Ley 122 de 2019 fue demandada por inconstitucional. El proponente de dicha demanda fue precisamente Ramón Ricardo Arias, quien explica lo que procede con la nueva Ley 314. “Creo que en vista de la reforma, se hará necesario presentar una demanda nueva, aunque la nueva ley adolece de algunos de los mismos vicios de la ley anterior”, señaló

Así, con una técnica jurídica propia de Mandrake, se le hizo creer a la sociedad que se derogaba una ley, cuando en realidad se amplió su vigencia y se resucitaron incentivos fiscales que ya estaban expirados.

Con total desconocimiento del monto multimillonario de todos estos créditos fiscales y exoneraciones, el fisco, la cada vez más pequeña hacienda pública de todos los panameños y panameñas, pierde y se ríe, para no llorar.



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