Nuevo decreto redefine quién ejerce el control de una entidad para efectos de intercambio de información fiscal

Nuevo decreto redefine quién ejerce el control de una entidad para efectos de intercambio de información fiscal
El Decreto Ejecutivo 25 de 2026 tiene un párrafo que indica que la expresión “personas que ejercen el control” deberá interpretarse en consonancia con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Ese término corresponde a “beneficial owner” (“beneficiario efectivo”).

A partir de este momento, cualquier individuo que detente el 10% o más de las acciones o derechos de una entidad se considerará que ejerce el control de esta.

Hasta ahora, esa designación estaba reservada para aquellos que controlaran por lo menos el 25%, pero esa definición ha cambiado de un plumazo, a través de un decreto ejecutivo recién promulgado en la Gaceta Oficial.

Se trata del Decreto Ejecutivo 25 del 29 de junio de 2026, que firman el presidente José Raúl Mulino y el ministro de Economía y Finanzas (MEF), Felipe Chapman.

La nueva norma modifica el Decreto Ejecutivo 1245 del 12 de marzo de 2017, que reglamenta las leyes 47 y 51, ambas de 2016.

La Ley 47 de 2016 adopta el acuerdo entre los gobiernos de Panamá y Estados Unidos “para ejecutar la Ley de Cumplimiento Impositivo Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés)”. En tanto, la Ley 51 de 2016 establece el marco regulatorio para la implementación del intercambio de información para fines fiscales.

El Decreto Ejecutivo 25, en sus consideraciones, expresa que la modificación es necesaria “para brindar claridad a aquellas instituciones financieras que, de conformidad con la Ley 51 de 2016 y la Ley 47 de 2016, tengan obligaciones de realizar reportes”.

María Cristina Vilá, jefa de Gabinete del MEF, explicó que la norma aplica únicamente a las entidades financieras y que, en la práctica, tendrá “cero impacto”, puesto que ya en el país existe el reconocimiento de “persona que ejerce el control” para cualquiera que controle el 10% de las acciones.

“Las normas que aplican a las entidades financieras, emitidas por sus reguladores, las superintendencias, establecen obligaciones de conocer hasta el 10% de los beneficiarios y controlantes. Y había una norma, que es la de intercambio de información, que establecía un 25%. Lo único que se hizo fue homologarlas”, señaló Vilá.

Nuevo decreto redefine quién ejerce el control de una entidad para efectos de intercambio de información fiscal
María Cristina Vilá, jefa de Gabinete del MEF.

Agregó que esta “contradicción en las normas” había sido observada en las revisiones que los organismos hacen sobre el marco legal de Panamá.

Pero el abogado tributarista José Javier Rivera, expresidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura, sostiene que, para un mejor entendimiento del alcance del nuevo decreto ejecutivo, se debe especificar que aplica únicamente a las entidades financieras.

“De lo contrario, se presta a interpretaciones. Los conceptos hay que acotarlos y minimizar la discrecionalidad”, advirtió.

La norma tiene un párrafo que indica que la expresión “personas que ejercen el control” deberá interpretarse en consonancia con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Ese término corresponde a “beneficial owner” (“beneficiario efectivo”).

El Decreto Ejecutivo 25 de 2026 señala que, en el caso de un fideicomiso, las personas que ejercen el control serán el fideicomitente, el fiduciario y los protectores; el o los beneficiarios, y cualquier otra persona que ejerza el control efectivo. En el caso de una figura jurídica distinta del fideicomiso, los designados serán quienes ocupen los cargos “equivalentes o similares”.

Cuando el fideicomisario sea una entidad, también se deberá identificar a la persona que controla al fideicomisario y reportarla como persona que ejerce el control del fideicomiso.

El mismo procedimiento de identificación aplica para las fundaciones de interés privado.

Vilá, la jefa de Gabinete del MEF, recalcó que se hicieron consultas a la Superintendencia de Bancos y a la Asociación Bancaria de Panamá. Ambas manifestaron estar de acuerdo.

El Decreto Ejecutivo 25 ya fue promulgado en la Gaceta Oficial y se encuentra vigente.


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