Panamá oficializó un marco regulatorio que reordena la pesca deportiva nacional y refuerza de manera estricta la protección de los peces picudos, como los vela y marlines, especies emblemáticas de las aguas istmeñas, se informó oficialmente este jueves.
La iniciativa se formalizó mediante la publicación en Gaceta Oficial de los Decretos Ejecutivos N° 9 y N° 10, firmados el pasado 10 de junio de 2026.
Ambos textos legales actualizan de forma integral las reglas del sector, buscando un equilibrio entre el aprovechamiento económico responsable y la preservación de los ecosistemas costeros,señaló la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP).
Reglas y protección de especies clave
Las nuevas normativas dividen sus esfuerzos de fiscalización en dos vertientes estratégicas coordinadas por la ARAP:
Decreto Ejecutivo N.° 9: Se encarga de reglamentar toda la actividad de pesca deportiva dentro de las aguas bajo soberanía y jurisdicción de la República de Panamá, estableciendo directrices claras para usuarios y operadores.
Decreto Ejecutivo N.° 10: Dicta disposiciones específicas y rigurosas para la protección de los peces picudos, como el pez vela y los distintos tipos de marlines, los cuales poseen un valor ecológico incalculable por su rol migratorio y su atractivo internacional.
La ARAP explica que la formulación de estas leyes fue el resultado de un extenso proceso técnico que incluyó consultas públicas abiertas y mesas de trabajo con científicos, operadores turísticos y pescadores deportivos para alcanzar consensos basados en la sostenibilidad.
La medida, administrada por la ARAP, busca erradicar la comercialización ilegal de especies marinas, garantizar el equilibrio ecológico y fiscalizar las actividades tanto recreativas como turísticas bajo estrictos parámetros digitales de trazabilidad (pp. 1-2).
¿Cuáles son los requisitos para obtener el carné de pesca?
De acuerdo con la nueva normativa, toda persona mayor de 12 años que desee realizar esta actividad debe portar obligatoriamente un carné personal e intransferible. Para tramitarlo a través de la Ventanilla Única de la ARAP, las sedes regionales o su plataforma digital, se requiere:
Formulario de solicitud oficial de la institución.
Identificación vigente: Cédula para nacionales, carné de residencia o pasaporte para extranjeros.
Datos de captura: Evidencia de haber compartido registros previos con la ARAP (exclusivo para renovaciones).
Pago de derechos: Los costos para nacionales van desde la gratuidad para menores de edad hasta los $30 (por 2 años). Para extranjeros, las licencias temporales oscilan entre $20 (por 7 días) y $150 (por 180 días).
Para el sector turístico: Los capitanes de botes comerciales turísticos deben portar un carné especial ($100) que exige, además, licencias vigentes de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y de la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP).
¿Qué especies de peces están protegidas bajo este nuevo decreto?
El artículo 18 del decreto estipula una reserva exclusiva para la pesca deportiva, científica y turística, prohibiendo tajantemente la captura de estas especies con fines comerciales o de pesca artesanal.
Las 11 especies blindadas son:
-Pargo cubera del Atlántico.
-Marlín azul.
-Marlín blanco.
-Marlín negro.
-Marlín rayado.
-Pez lanceta pico corto.
-Pez lanceta pico largo.
-Pez vela.
-Pez espada.
-Pez gallo.
-Sábalo real.
La normativa exige que la captura de estas especies se realice bajo la modalidad estricta de “captura y liberación” (catch and release). Excepcionalmente, se autoriza retener un máximo de un ejemplar por día por buque de pez espada o sábalo real únicamente para consumo, quedando prohibida su venta o donación a terceros.
Adicionalmente, el artículo 19 impone una prohibición absoluta para la captura, retención y desembarque de cualquier especie de tiburones y rayas.
¿Cuáles son las multas y sanciones por incumplir la regulación?
El régimen sancionatorio establece multas severas y decomisos inmediatos para quienes violen las disposiciones. El desglose incluye:
Venta o comercio de las capturas: Multa de treinta balboas $30 por libra de pescado decomisado, aplicable tanto al pescador como al comercio o restaurante que compre el producto.
Pescar sin carné o con carné vencido: Multa de $50 desde la orilla y $100 si se efectúa a bordo de un buque.
Operar embarcaciones sin licencia pesquera: Multa de $125 para buques deportivos nacionales y $250 para buques turísticos.
Exceder límites de retención diaria: Multa de 100 para pescadores deportivos y $500 para operadores turísticos, sumado al decomiso de la pesca.
Retención de especies protegidas: Una sanción económica fija de $500 para el capitán de la nave o poseedor que mantenga a bordo ejemplares prohibidos (como picudos, tiburones o rayas).
Uso de artes de pesca prohibidas: Multas de $200 por usar tanques de buceo autónomo y $300 por utilizar arpones explosivos o carretes eléctricos que excedan la potencia permitida.
En caso de reincidencia, la ley ordena aplicar el doble del monto económico establecido, el decomiso de la carga y la suspensión del permiso de pesca por un periodo de seis meses. Para asegurar el cobro, no se otorgarán zarpes a buques nacionales con multas pendientes, mientras que los barcos extranjeros quedarán retenidos en puerto hasta que consignen una fianza bancaria equivalente al máximo de la sanción estimada.

Impacto económico y periodo de transición
El informe destaca que la pesca deportiva se ha consolidado como un motor económico de creciente importancia para Panamá, ya que dinamiza sectores clave como la hotelería, las marinas, el comercio local, el alquiler de embarcaciones y el empleo en los litorales.
Adicionalmente, la práctica aporta datos científicos de valor para el monitoreo de la biodiversidad marina del Pacífico y el Caribe panameño.
A fin de garantizar que los operadores turísticos, tripulaciones y las propias autoridades asimilen los nuevos controles, se determinó un periodo de adaptación de seis meses. Por consiguiente, los Decretos Ejecutivos N°.9 y N° 10 entrarán en vigencia total a partir del próximo 10 de diciembre de 2026.
Durante este lapso de transición, la ARAP mantendrá jornadas activas de divulgación y docencia para asegurar el correcto cumplimiento de las normativas a nivel nacional.


