Con el Decreto Ejecutivo No. 512 de 23 de septiembre de 2020 se regula la extensión de la amnistía tributaria general para el pago de tributos en la Dirección General de Ingresos (DGI).
El objetivo de la administración del presidente Laurentino Cortizo es extender los beneficios de la amnistía previamente concedida para permitir que las personas naturales y jurídicas cuenten con más tiempo para cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, morosas al 29 de febrero de 2020.
La regulación establece que el contribuyente obligado al pago de los tributos y en condición de morosidad si cumple con ese compromiso antes del 31 de diciembre de 2020 se le condonará hasta el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.
También se establece la posibilidad de acogerse a un nuevo arreglo de pago abonando el 25% del impuesto nominal adeudado y si dicho convenio de pago se realiza antes del 31 de diciembre de 2020, se condonará el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.
Adicionalmente, se extendió el plazo para cumplir con la totalidad de la deuda, producto de los convenios de pago que celebren los contribuyentes con la administración tributaria.
Y si el convenio se suscribió antes del 29 de febrero de 2020, se cuenta con un plazo extendido hasta el 31 de diciembre de 2021 para pagar la totalidad de lo adeudado a la DGI y aquellos que se celebren con posterioridad al 29 de febrero de 2020 deben ser cancelados al 30 de abril de 2021.
En el sitio web de la DGI (dgi.mef.gob.pa) se podrá ingresar al sistema e-Tax 2.0 y aprovechar los beneficios de la extensión de la amnistía tributaria.
Para más información puede llamar al teléfono 524-1600 o escribir al WhatsApp 6349-4402, También puede comunicarse al DGI Chat a través de su página web, correo consultasetax2@mef.gob.pa o se podrá agendar una cita previa para ser atendido de manera presencial.

