Las personas con discapacidad en Panamá tienen derecho a una serie de descuentos, lo cual está establecido en la Ley 134 del 31 de diciembre de 2013.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) recordó que las personas deben estar debidamente certificadas por la Secretaría Nacional de Discapacidad, dentro del territorio nacional, sean panameñas, residentes permanentes, temporales o no residentes.
Estos descuentos son:
Televisión por cable e internet: 25%.
Hoteles, moteles y pensiones; lunes a viernes: 50%; viernes, sábado y domingo: 30%.
Actividades recreativas y de entretenimiento: 50 %.
Tasas de aeropuertos: 50 %.
Consumo de agua: 25%.
Ataúd, urnas y servicios funerarios: 20%, entre otros.
Medicamentos en las farmacias: 20%.
Fisioterapia, fonoaudiología o terapia ocupacional: 20%-
Prótesis y órtesis, así como aparatos y accesorios de ayuda técnica y tecnológica para la comunicación: 10%.
Energía eléctrica (hasta 600 kilovatios hora): 25%.
Recreación y entretenimiento: 50%.
Transporte público (buses internos, interurbanos, trenes, lanchas y barcos): 30 %.
Pasaje aéreo: 25 %.
Restaurantes: 25%, restaurante de comida rápida: 15%.
Hospitales y clínicas privadas: 20%.
Consulta de medicina general, especialidades médicas y quirúrgicas: 20%.
Servicios médicos, técnicos de la salud y por cada intervención quirúrgica: 20%.
Pasaporte: 50 %.
La Acodeco recordó, que para atender las denuncias por algún incumplimiento de esta ley, es necesario que las personas con discapacidad posean su debida certificación o carné concedido por la Secretaría Nacional de Discapacidad.
Otro aspecto importante que destaca la entidad es que el listado de descuentos esté exhibido en todos los comercios señalados.
Además, la Acodeco informó que, desde 2014 hasta julio del presente año, se han sancionado 19 expedientes de quejas en primera instancia por faltas a la Ley 134 de 2013 de discapacidad, por un total de 6 mil 50 dólares.


