Una vez leí que el fracaso de las autoridades era imponer sanciones. Cuando habías tenido que usar esa herramienta significaba que todo lo demás, educación, prevención, etc., había fallado.
Las sanciones son desagradables. A nadie le deben gustar. Ni al que las recibe, ni al que las impone. Son un mal necesario.
Una de las debilidades de Panamá en materia de lucha contra el blanqueo, documentada en evaluaciones del Fondo Monetario Internacional y del Grupo de Acción Financiera, guarda relación con sanciones. Se ha dejado indicado, desde evaluación de 2012, publicada en 2014 que: “No hay estadísticas adecuadas de investigaciones, procesamiento y condenas.” (página 9). “Número de investigaciones penales relativamente bajo en proporción con el sistema financiero panameño.” (página 11). “Sanciones impuestas son moderadas, relativamente bajas y no son suficientemente disuasivas o proporcionadas para ser consideradas efectivas.” (resaltado es mío) (página 15).
Desde 2012 a la fecha, las estadísticas sobre sanciones han ido evolucionando. De no llevarse debidamente, se comenzaron a llevar. Ahora se observa una tendencia a mayor uso de la facultad sancionatoria. Esto es concentrando la observación en un punto de vista exclusivamente cuantitativo que es el menos importante. No debe ser cantidad. Debe ser calidad.
El Informe de Evaluación Mutua de la República de Panamá de GAFILAT de enero de 2018 reporta la información que Panamá brindó a los evaluadores en este tema.
Se iniciaron 299 investigaciones penales por blanqueo de capitales entre 2012 y 2017.
232 investigaciones por delitos relacionados con drogas como delito precedente. Solo 18 investigaciones por delitos financieros y 15 investigaciones por delitos de corrupción, como delitos precedentes. (Punto 185 Evaluación GAFILAT).
De 2012 a 2016 se dieron 115 procesos penales por blanqueo. Se obtuvieron 29 condenas. (Punto 205 Evaluación GAFILAT).
En materia administrativa, y analizando exclusivamente a los sujetos obligados no financieros en la página web de la Superintendencia de Sujetos Obligados no Financieros, (https://ssnf.gob.pa/index.php/sanciones/) observo lo siguiente:
De 2018 a 2020 se impusieron 16 sanciones. 14 sanciones a empresas de la Zona Libre de Colón, una sanción a un abogado y una sanción a una inmobiliaria. La menor sanción fue una amonestación y la mayor sanción fue una multa de $6,800.00. El monto total en sanciones fue de $62,000.00
En el año 2022 se impusieron 11 sanciones. Siete sanciones a abogados, dos sanciones a empresas de Zona Libre de Colón y dos sanciones a inmobiliarias. La menor sanción fue de $5,000. La mayor de $98,000.00. El monto total en sanciones en dólares es de $361,617.23.
Por investigaciones pasadas, mantengo información, que estuvo publicada en la web una sanción en 2018 a una firma de abogados por $300,000.00 y una sanción en 2021 a una constructora por $350,000.00
Las sanciones que se imponen deben ser efectivamente pagadas, lo cual no siempre sucede. Deben ser de tal calidad en su análisis y motivación que envíen un mensaje claro de no tolerancia a la violación de la norma. El monto debe ser lo suficientemente importante para que la sanción no se convierta, como ya lo es para muchos, en un costo de hacer negocios.
Otras sanciones como, pérdidas de beneficios fiscales e inhabilitación temporal para contratar con el Estado son muy efectivas. Son las más temidas por ciertas empresas.
El autor es abogado.
