El pleno del Parlamento Europeo dio su visto bueno al acuerdo alcanzado el pasado junio entre los negociadores de las instituciones de la UE para establecer un marco común que asegure salarios mínimos dignos, con el objetivo de mejorar la prosperidad y la cohesión social en el bloque pero que, sin embargo, no supone fijar un umbral mínimo común para los Veintisiete.
Con las nuevas reglas, cada gobierno deberá evaluar si los salarios mínimos en su país son adecuados para garantizar un nivel de vida “digno”, atendiendo a criterios como las condiciones socioeconómicas, el poder adquisitivo o la evolución de los niveles de productividad a nivel nacional.
Los países de la UE en los que el salario mínimo esté protegido a nivel de convenios colectivos no estarán obligados a introducirlo ni hacer que dichos convenios sean de aplicación universal.
Los Estados miembro sí tendrán que fortalecer las negociaciones sectoriales e intersectoriales para proteger a los trabajadores asegurando un salario mínimo y, en aquellos países de la UE en donde menos del 80% de la plantilla esté amparada por un convenio colectivo, tendrán que crear y hacer público un plan de acción que aumente esta cobertura, implique a agentes sociales e informe a la Comisión Europea de las medidas adoptadas.
En todo caso, la fijación del salario mínimo seguirá siendo una competencia de los Estados miembro, que tendrán que asegurarse de que permita a los trabajadores llevar una vida digna, teniendo en cuenta el coste de la vida y el nivel salarial general.

