El Tribunal Supremo de España rechazó ayer una apelación de la exatleta Marta Domínguez, que alegaba que las pruebas antidopaje representaban una violación a sus derechos a la privacidad.
La deportista, de 41 años, perdió su título mundial de carrera con obstáculos de 2009 y recibió una suspensión de tres años en 2015 por dopaje sanguíneo cuando el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) falló en favor de la Agencia Mundial Antidopaje y la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF, por sus siglas en inglés).
Al ratificar dos decisiones previas de cortes inferiores españolas, el TAS destacó que “quien se dedica al atletismo de élite, no puede pretender eximirse de pasar por los controles y los análisis necesarios”.