La Corte Suprema de Justicia de Nicaragua rechazó una treintena de recursos de inconstitucionalidad interpuestos en contra de la ley de concesión del canal interoceánico, que construirá la compañía china HKND Group en este país con una inversión cifrada por el Gobierno en 40 mil millones de dólares.
La Corte declaró sin lugar los 32 recursos presentados por organizaciones defensoras de los derechos humanos, partidos, ambientalistas, empresarios y personajes prominentes de Nicaragua, entre otros, dijo a Acan-Efe un portavoz judicial.
La sentencia, con fecha del 10 de diciembre, fue notificada a los recurrentes ayer y en ella los magistrados de la Corte Suprema, la mayoría de tendencia sandinista, declararon como no ha lugar al recurso por inconstitucionalidad de la Ley Especial para el Desarrollo de Infraestructura y Transporte nicaragüense atinente a el Canal, Zonas de Libre Comercio e Infraestructuras Asociadas.
Los magistrados argumentaron que el proceso legislativo cumplió con cada uno de los requisitos que para este fin establece nuestra Constitución Política, y que la misma fue aprobada “con suficientes votos”, lo cual le otorga más legitimidad al ser respaldada por una mayoría calificada en la Asamblea Nacional.
La titular de la Suprema, Alba Luz Ramos, explicó a periodistas que declararon constitucional la ley porque no viola la Carta Magna, ni la soberanía, ni el medio ambiente y porque prevalece el interés supremo de la nación al ser un proyecto de gran desarrollo para el país.
La Ley de Concesión del Gran Canal Interoceánico recibió al menos 32 recursos por inconstitucionalidad en su contra en Nicaragua.
Las quejas estuvieron relacionadas especialmente a la presunta violación de hasta 40 artículos de la Constitución, entre ellos que violenta la soberanía nacional, la falta de consulta y el que ninguna otra ley debe oponerse a la de la concesión del canal.
