Las agencias navieras que representan a los buques que navegan en aguas panameñas desconocen cuál es el efecto que tiene el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la tasa cobrada por Ocean Pollution Control (OPC) a los buques por el servicio de mitigación de daños por contaminación.
Después de más de seis años, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo resolvió que no es ilegal la modificación que hizo la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de la tarifa que cobraba la empresa por este servicio y que la rebajó de $0.02 por tonelada de registro a $0.00001. Como parte de su responsabilidad, la empresa debe limpiar cualquier derrame de petróleo en las aguas panameñas, como el ocurrido en isla Taboga.
Tras esta decisión, la AMP citó a las empresas a una reunión ayer en la sede de la entidad, a la cual asistieron más de 30 representantes de distintas compañías. Sin embargo, en el encuentro no se pudo saber cuál es la tarifa que debe cobrar OPC.
“La Cámara Marítima de Panamá no tiene todavía un análisis completo de cómo afecta el fallo de la Corte el cobro del cargo por contaminación”, declaró el presidente del gremio, Rommel Troetsch. Añadió que la próxima semana se reunirán para evaluar el impacto del fallo, para luego plantear la posición del gremio.
En la reunión estuvo el administrador de la AMP, Jorge Barakat; el director de Asesoría Legal, Eduardo Segura, y el subadministrador de la entidad, Alejandro Moreno, además de representantes de la Cámara Marítima de Panamá.
Tras ser consultada sobre el fallo, OPC dijo que el cobro de la tarifa se aplica en base a un contrato firmado en 1997 y se utiliza para proteger a Panamá de derrames de petróleo como ha ocurrido en el Golfo de México o en los mares panameños.
OPC defendió su trabajo como una organización de gente altamente profesional y dijo que el fallo “sienta un precedente peligroso para todas las concesiones y contratos público privado presentes y a futuro”.
