Según varios sectores consultados, el reglamento técnico para el uso de este dispositivo todavía no ha sido emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias, a pesar de haber pasado dos años de la promulgación de esa ley, la cual establece normas con relación al sistema de conexión para recipientes de gas licuado de 25 libras.
Son innumerables las quejas y reportes de consumidores y usuarios de dicho producto que no han podido tener acceso al adaptador, señala Pedro Acosta, secretario general de la Unión Nacional de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá.
Acosta se refirió particularmente a la falta de distribución por parte de la empresa Panagas de ese tipo de aparato.
En una queja enviada a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), el dirigente sostiene que al no distribuirse el adaptador se está violando la mencionada ley y, por lo tanto, pide un sanción en contra de esa compañía.
Sin embargo, fuentes de Panagas explicaron que no pueden distribuir un producto que no cuenta con una norma técnica que lo respalde.
La CLICAC inició una investigación sobre la situación, averiguando ante el Ministerio de Comercio e Industrias y la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos si se debe o no distribuir el dispositivo.
Hasta ahora, solo la empresa Tropigas cuenta con una autorización para distribuir su adaptador, que permite a los usuarios de Panagas utilizar sus cilindros.
Algunos sectores se han opuesto a los adaptadores porque al ser dispositivos intermedios aumentan los riesgos de incendio y se desmejora la protección de su regulador de gas.
Por ejemplo, el ingeniero electromecánico Antonio Clement opina que ninguna de las compañías de gas debería siquiera pensar en la posibilidad de instalar los adaptadores, ya que los hogares se convertirían en bombas de tiempo.

