Ahorrar recursos y tiempo y aumentar la competitividad son tres de las ventajas que se derivan del uso del comercio electrónico. A nivel empresarial y gubernamental ya se han implementado algunos avances en esta materia, pero para masificar el alcance de la estrategia falta que el Órgano Ejecutivo firme la reglamentación de la ley 51 de 2008, que regula este asunto.
Por seguridad, para realizar el comercio electrónico se hace necesario contar con las firmas electrónicas.
“Puede haber comercio electrónico sin usar la firma electrónica, pero esta firma reviste de seguridad todas las operaciones realizadas por medios electrónicos”, dijo Jorge Troyano, jefe de la Dirección General de Comercio Electrónico (DGCE) del Ministerio de Comercio e Industrias (Mici).
Dichas firmas determinan con exactitud quién es el autor de un documento o una transacción y si un documento ha sido alterado luego de su creación. Una vez reglamentadas, las firmas podrán usarse en el sector privado y estatal, y con toda clase de documentos como dispositivo de seguridad.

