El 26 de enero de 2006 entró en vigencia una ley que modifica la reforma fiscal aprobada en 2005. Poco se sabe de ella porque recibió su tercer debate en la Asamblea el 30 de diciembre del año pasado, al filo de la medianoche, y porque el presidente, Martín Torrijos, firmó su "ejecútese" la semana pasada sin hacer bulla.
Se trata de la Ley 5 de 2006, que fue publicada en la Gaceta Oficial 25,472 y que hizo al menos cuatro ajustes técnicos al régimen tributario actual.
En primer lugar, extendió oficialmente, hasta el 31 de diciembre de 2006, la vigencia de los Certificados de Ahorro Tributarios (CAT) aplicados a las exportaciones agropecuarias no tradicionales.
En segundo lugar, prorrogó hasta el 30 de junio de 2006 el plazo para actualizar el valor catastral de las viviendas.
"El plazo que se había concedido originalmente venció el 3 de agosto de 2005, pero ahora otorgaron un nuevo plazo para que los contribuyentes puedan presentar una declaración jurada del nuevo valor catastral de sus propiedades, para ajustar el costo básico de sus inmuebles" y con eso ahorrarse el pago de impuestos por plusvalías, explicó el abogado José Javier Rivera.
La ley también limitó la declaración jurada de rentas a los ingresos de fuente panameña y flexibilizó una condición para exonerar de impuesto sobre la renta (ISR) las ganancias de inmuebles.
"Antes, para que los contribuyentes pudieran acogerse a la tarifa reducida del 10% de ISR de la ganancia de inmuebles, debían ser dueños del inmueble al menos en los dos últimos años, y ahora ese requisito se ha eliminado", dijo.
