El cartel o práctica monopolística absoluta es uno de los modelos restrictivos de la competencia más nocivos a nivel internacional y consiste en acuerdos de empresas competidoras para fijar precios, limitar la oferta, dividir el mercado o licitar de forma colusoria con el objetivo de restringir la competencia, afectando con esta práctica gravemente al mercado y al consumidor.
Para facilitar la detección de este tipo de conductas se creó el ‘Programa de Clemencia’ a nivel internacional. En nuestro país está contemplado en la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, “que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia”, y consiste en un programa, que ofrece exonerar del pago de la multa que puede ser hasta 1 millón de dólares o disminuir hasta un 50% la multa al agente económico que participe en una práctica monopolística absoluta y aporte información de primero a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
Puede aplicar al programa un agente económico, por medio del representante legal o apoderado debidamente acreditado y debe presentar formulario del programa completado, así como elementos de prueba suficientes para presentar una demanda ante los tribunales. Esta documentación debe ser ingresada en sobre cerrado, sellado y ser presentado ante el jefe del Departamento de Investigación de la Competencia.
Para tal fin, en el año 2015, la Acodeco estableció la Guía del Programa, con el objetivo de dar a conocer los criterios y procedimientos a seguir para dar contenido a lo dispuesto en la Ley 45 de 2007, con la finalidad de ser transparentes y dar certeza jurídica a los agentes económicos que cumplan con las condiciones para poder beneficiarse del ‘Programa de Clemencia’ en nuestro país.
* La autora es abogada, especialista en temas de competencia