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SBP refuerza medidas de debida diligencia

Clientes extranjeros deberán declarar que los fondos cumplen las exigencias tributarias de su país.

SBP refuerza medidas de debida diligencia
SBP refuerza medidas de debida diligencia

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó un nuevo acuerdo regulatorio para que los bancos amplíen las medidas de diligencia debida a sus clientes.

El Acuerdo 02-2019 recoge las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera para prevención del blanqueo de capitales e incorpora una serie de directrices que siguen a la entrada en vigor de la ley que penaliza la evasión fiscal.

“Se debe hacer una revisión más profunda de los procesos de la debida diligencia. Hay que rediseñar cómo lo estamos haciendo”.


Carlos Berguido
Asociación de Bancos de Panamá.

La iniciativa modifica el Acuerdo 10-2015 sobre la prevención del uso indebido de los servicios bancarios y fiduciarios, “con el objetivo de establecer los mecanismos para prevenir que sus servicios y operaciones sean utilizados con fondos vinculados con el delito fiscal, el cual es un delito determinante del lavado de activos”, señaló el regulador. Los nuevos requerimientos serán exigibles a partir del 15 de mayo de 2020.

Tanto a las personas naturales como a las jurídicas extranjeras se les solicitará el número de identificación tributaria del país o países donde tengan su residencia fiscal. Además, se requerirá una declaración jurada que indique que los flujos de entrada y salida cumplen y cumplirán con sus obligaciones tributarias de su país o países de residencia fiscal.

De igual forma, en el caso de personas jurídicas panameñas o extranjeras que realizan operaciones externas y mantienen cuentas en Panamá, la entidad bancaria deberá solicitar una declaración jurada que evidencie que los recursos que ingresen a dichas cuentas también cumplen las obligaciones tributarias.

El acuerdo establece además que al momento de determinar el nivel de riesgo del cliente, el banco deberá considerar si el origen o destino de los recursos son jurisdicciones consideradas con medidas deficientes en contra de la evasión fiscal o no colaboradoras.

Carlos Berguido, presidente ejecutivo de la Asociación Bancaria de Panamá, dijo que el gremio fue consultado durante la elaboración del acuerdo, que busca uniformar las acciones a la vista de la promulgación de la ley que penaliza la defraudación y la cataloga como delito precedente de blanqueo de capitales.

Berguido aseguró que en un contexto más amplio, este y otros requisitos que se imponen como una medida de aversión al riesgo hacen que los clientes tengan una experiencia poco atractiva y abogó por una revisión amplia de los procedimientos de debida diligencia.


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