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PROYECTO DE LEY

Asamblea Nacional intenta cambiar otra norma de crédito

Tanto el regulador bancario como las entidades financieras se muestran preocupados. Advierten distorsiones que pasarían factura a los clientes, al sistema y al país.

Asamblea Nacional intenta cambiar otra norma de crédito
La cartera de consumo personal sumó $12, 654 millones a febrero de 2020. Esto representó un aumento de $598 millones en un año. Gabriel Rodríguez

La Asamblea Nacional espera aprobar en tercer debate el proyecto de Ley N°234, que intenta modificar las políticas crediticias de los bancos que operan en la plaza panameña.

Con esta iniciativa, los diputados proponen obligar a los bancos a consolidar las deudas de los clientes sin considerar su historial de crédito o registro de pago, además de establecer una tasa fija máxima de 2% mensual en el pago de los obligaciones, específicamente en las tarjetas de crédito.

La iniciativa, por la cual se establece “un programa de alivio financiero y se dictan otras disposiciones”, parece tener buenas intenciones por parte del Órgano Legislativo, desde donde se ha alegado preocupación por el alto grado de endeudamiento de los panameños.

Sin embargo, la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) alerta sobre una “amenaza a la solidez del sistema financiero”, con la aplicación de dicha norma.

El proyecto fue presentado en el mes enero por la diputada Marilyn Vallarino ante la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos.

Vallarino dijo que “este es un buen proyecto de ley (...). No estamos pidiendo condonación de deuda , sino pagar con mejor tasa de interés y en un buen plazo. Están satanizando el proyecto de ley”.

Aunque el proyecto no está vinculado con la crisis ocasionada por el coronavirus, si logra pasar el tercer debate legislativo sería otra de las disposiciones que esperaría sanción o veto del presidente Laurentino Cortizo, quien a raíz de la pandemia de la Covid-19 enfrenta la presión de tomar una postura sobre varios proyectos de ley, como el de la moratoria generalizada y el de la suspensión del pago de capital de las emisiones de deuda. Todos catalogados como adversos por la industria financiera.

El peso de la cartera de consumo

La cartera doméstica de crédito de consumo representa el 23% del saldo total de la cartera privada local. Está compuesta por préstamos personales, créditos de automóviles y tarjetas de crédito.

Para muchos panameños la tarjeta de crédito se ha convertido en una extensión de sus ingresos, al tener gastos fijos muy por encima de su capacidad de pago.

La Superintendencia de Bancos ha recomendado a la Asamblea Nacional impulsar el establecimientos de estrategias enfocadas en la educación financiera para instruir a la población sobre los efectos del sobreendeudamiento.

La Asamblea espera seguir con el proyecto 234 y aprobarlo en tercer debate el próximo lunes 27 de abril, pese a que el pasado 15 de abril, la SBP envió una nota a la Comisión de Comercio para advertir sobre sus riesgos.

La nota, firmada por el superintendente Amauri Castillo, indica que el regulador bancario entiende la preocupación que pueda existir por el nivel de endeudamiento de la población panameña. Pero agrega que el referido proyecto de ley no resolvería esta situación. Al contrario, podría causar perjuicios a la población.

Al no poder controlar el riesgo que representa cada cliente, ya que no se tomaría en cuenta su historial de pago, las instituciones podrían dejar de seguir prestando a quien así lo necesite.

Cifras relevantes

$2,502 millones adeudan los clientes en concepto de tarjeta de crédito, a febrero de 2020, según cifras de la SBP.

$1,767 millones en saldos por préstamos otorgados para la compra de autos.

$8,385 millones adeudan los panameños en el segmento de préstamos personales, utilizados para fines variados, entre los que se encuentran la consolidación de deudas.

Por otro lado, la Asociación Bancaria de Panamá (ABP) plantea que eliminar las referencias anteriores, distorsiona la realidad y obligará a los bancos a aumentar la tasa de interés y endurecer las condiciones de los préstamos futuros para mitigar la falta de información sobre sus deudores.

El artículo 4 del proyecto de ley establece que “son objeto de consolidación de deuda todas las obligaciones crediticias que tenga el deudor, independiente de la categoría de riesgo o estatus de morosidad que estas obligaciones registran en el historial crediticio del interesado”.

Carlos Berguido, presidente de la ABP, indicó que un proyecto de este tipo sería perjudicial para el buen desempeño de las actividades económicas.

En Panamá, ya existen mecanismo de consolidación de deuda, ampliamente regulados con leyes y decretos, por lo que no hay ninguna necesidad de insistir en la aprobación de una ley sobre la cual abundan normativas.

En el análisis de Berguido entran automáticamente los riesgos a los que se expondrían los depositantes si se aprueba la ley.

Se pregunta, “cómo un banco podría ignorar los riesgos bajo los cuales presta dinero, si su primera misión es proteger el dinero de sus depositantes, que es el que se utiliza para prestar”.

Castillo, en tanto, reiteró a los diputados que “establecer que un banco debe ofrecer la consolidación de crédito, independientemente de la categoría de morosidad en la que se encuentra el cliente, es una disposición política que riñe con la gestión de riesgo del crédito que puede tener una entidad bancaria, ya que el historial crediticio es una de las varias herramientas de medición que utilizan para decidir si otorgar o no una facilidad crediticia. Y en caso afirmativo, bajo qué condiciones las otorga”.

Asamblea Nacional intenta cambiar otra norma de crédito
Marilyn Vallarino, Carlos Berguido y Amauri Castillo

Por otro lado, resulta insostenible para una entidad bancaria otorgar créditos en estas condiciones. “Pone en peligro la estabilidad de la entidad bancaria al existir una mayor exposición al riesgo”, dijo el regulador.

El proyecto establece en su artículo 11 que “el tarjetahabiente quedará exonerado del pago de la deuda en caso de que las autoridades comprueben que la entidad bancaria o financiera se excedió en la cuantía límite al otorgar un crédito por una cantidad superior a tres veces el ingreso mensual demostrado por el dueño de la tarjeta”.

Este artículo, detalló Castillo, estaría ignorando la existencia del acuerdo bancario N°7 de 2003, en el que se establecen criterios y procedimientos para salvaguardar los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de las partes en la emisión y operación de las tarjetas de crédito.

Dicha norma indica que los bancos deberán mantener en los análisis de créditos, los controles y políticas que rijan la forma de cómo se analizan, administran y aprueban las tarjetas de créditos.

Igualmente, el acuerdo bancario N°4-2013 establece la obligación de los bancos de contar con un sistema integral de gestión del riesgo, que incluye la administración del crédito, desde su planteamiento hasta su recuperación.

“Resulta improcedente exonerar a clientes del pago de la deuda cuando existe un contrato firmado, aceptando el pago de sus obligaciones”, indicó Castillo.

A juicio del regulador bancario del país, lo que pretenden los disputados crea inseguridad jurídica para los agentes económicos del sector financieros y al mismo tiempo redundaría en una restricción del crédito hacia los mismos consumidores.

El artículos 12 del proyecto de ley fija en 2% mensual la tasa máxima de interés efectiva para los créditos, mientras que el artículo 17 establece que el cobro de intereses por encima de este máximo será considerado “como usura e ilícito”.

Así, se intenta reformar el artículo 79 de la ley bancaria de 1998, en el que se establece que los bancos pueden fijar libremente el monto de las tasas activas y pasivas.

El proyecto también prohíbe establecer cargos cuando el tarjetahabiente exceda su límite máximo de crédito. Y por otro lado, cuando este notifique su incapacidad de pago o deje de efectuar pagos por tres mensualidades, el banco podrá hacer cargos, recargos e interés solamente hasta por 90 días.

Según la Superintendencia, el límite en el cobro de cargos y comisiones no debería quedar tan amplio, sino establecer casos concretos en los que se pueden minimizar estos cobros.

Por otro lado, limitar el tiempo durante el cual se van a cobrar intereses, provocaría que una gran parte de la población deje de pagar sus obligaciones, provocando consecuencias negativas al sistema bancario.

Castillo sabe que muchos ciudadanos no utilizan adecuadamente su tarjetas de crédito, pero la responsabilidad en el manejo de las finanzas personales no debe ser atribuida a los bancos.


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