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CAMBIOS LEGALES

Avanza a tercer debate proyecto laboral

El Código de Trabajo establece que la suspensión de los contratos laborales se puede prorrogar por cuatro meses. Algunos trabajadores están próximos a cumplir con este periodo, por lo que era necesario un cambio temporal a la norma.

Avanza a tercer debate proyecto laboral
Por cerca de cinco horas se discutió el proyecto presentado por la ministra Doris Zapata. Miguel Cavalli

Tras seis horas de discusión, se aprobó ayer en segundo debate el proyecto de ley 354 que extiende la suspensión de los contratos laborales hasta el 31 de diciembre de 2020.

Los diputados le dieron luz verde a un proyecto que sufrió modificaciones en el 90% de su contenido y que fue presentado por la ministra de Trabajo, Doris Zapata.

La discusión en el pleno de la Asamblea Nacional se inició al medio día de ayer, mientras que un grupo de obreros se manifestaba en oposición a las medidas que se pretenden tomar con la aprobación del proyecto.

Saúl Méndez, secretario general del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs), pidió para los trabajadores suspendidos un subsidio de $500 y prohibir de forma temporal los despidos.

Su propuesta no surtió los efectos que esperaba, y antes que acabara la discusión del proyecto, Méndez se retiró de la Asamblea Legislativa.

A cambio, los diputados propusieron que el Estado pague un bono como parte de la ayuda financiera que se le brindará a los trabajadores en suspensión laboral. Así quedó aprobado en los cambios que se introdujeron en el segundo debate, sin fijarse, por ahora, el monto de la partida que se entregaría en el mes de agosto.

Tendrán derecho a este bono los trabajadores que hayan sido suspendidos desde el 15 de abril hasta el 15 de agosto de 2020.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá determinar de dónde saldrán los fondos para los trabajadores, mientras el país transita por una frágil recaudación de ingresos, pero en momentos en que el Estado anuncia la disponibilidad de millones de dólares en préstamos, alertaron varios diputados.

Además, se aprobó que los trabajadores que hayan sido suspendidos temporalmente tendrán la prioridad en el reintegro gradual de sus actividades.

Las empresas no podrán contratar a nuevos trabajadores, a menos que sea en nuevas posiciones y luego de consultarlo con los sindicatos de la empresa.

Zapata reiteró que el proyecto es “temporal” y tiene como objetivo la protección del empleo, evitar la discriminación laboral, la protección a los trabajadores y de la maternidad.

“El proyecto de ley ha tenido modificaciones basadas en el proyecto original que presentamos y además se han eliminado los artículos que generaron inquietudes entre los trabajadores”, resaltó la titular de Trabajo.

Diputados como Luis Ernesto Carles, del Partido Panameñista; y Yanibel Ábrego, de Cambio Democrático, argumentaron que el Ejecutivo presentó un proyecto con cambios sensitivos para el mercado laboral que debió ser discutido con mucho más tiempo de antelación.

La votación fue artículo por artículo y a golpe de curul. Ningún diputado solicitó verificación de votos.

En el primer debate ya se había eliminado la reducción en el pago de las horas extraordinarias, por lo que estas se seguirán desembolsando de acuerdo con lo que dictamina el Código de Trabajo.

En esta instancia también se aprobó no incluir el pago de $50 en concepto de décimo tercer mes a los trabajadores que no han laborado desde el mes de abril.

Los empresarios habían alegado que era imposible para las pequeñas y medianas empresas cumplir con este requerimiento.

De allí que el Estado asuma el desembolso de un nuevo bono cuando se apruebe el proyecto.

Por otro lado, el proyecto reitera lo que dictamina el Código de Trabajo, al explicar que a las trabajadoras con fuero maternal, cuyos contratos se encuentran suspendidos, se les congela el tiempo de su fuero y se le reactivará cuando se levante la suspensión del contrato.

Para Ábrego esto no era suficiente para proteger a las madres trabajadoras con contratos suspendidos en medio de la Covid-19, considerando que una cosa es el fuero y otra es la licencia por maternidad otorgada por la Caja de Seguro Social (CSS).

Esas mujeres embarazadas con contratos suspendidos, y cuyos patronos han dejado de pagar la cuota obrero-patronal, no podrían acogerse a su subsidio por licencia de maternidad porque la ley de la CSS indica que deben tener pagadas las cuotas de los últimos nueve meses, al séptimo mes de embarazo.

Pidió que el Estado se haga cargo del 50% del subsidio y el otro 50% restante lo asuma la CSS, pero esta propuesta quedó por fuera de lo acordado.

Se ha pactado que los diputados se vuelvan a reunir hoy a las 10:00 para aprobar el proyecto en tercer debate.


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