La Dirección General de Ingresos (DGI) anunció que la retención del pago del impuesto de inmuebles correspondiente a la primera partida de este año, que venció ayer 30 de abril de 2020, será prorrogada.
Por lo tanto, los agentes de retención del impuesto, como bancos, financieras y cooperativas, no efectuarán el cobro del tributo en esta primera partida.
El pago del impuesto de inmuebles correspondiente al primer cuatrimestre del año 2020 ya había sido prorrogado junto a otros impuestos por el Decreto Ejecutivo 251 de 2020.
No obstante, este decreto exceptuaba varios impuestos, entre ellos el impuesto de inmuebles cuando es retenido por el banco. Este mecanismo para el pago del impuesto fue introducido a partir del año pasado y se aplica a las fincas hipotecadas y que no han sido registradas como patrimonio familiar tributario.
“Debido a las políticas emanadas de la Superintendencia de Bancos y adoptadas por la banca local, se evaluó darle una extensión también a estos contribuyentes para que el pago se hiciera al 17 de julio”, comentó Publio de Gracia, director general de Ingresos.
