Un estudio elaborado por estudiantes de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Católica Santa María La Antigua (USMA) y coordinado por el abogado Carlos Barsallo revela el escaso cumplimiento por parte de los bancos de la plaza de la Ley 56 de 2017, que estableció cuotas de género en las entidades de gobierno central, entidades descentralizadas, empresas públicas, intermediarios financieros y las reguladas que tengan en su estructura organizacional una junta directiva.
La norma fijó tres etapas de cumplimiento, de manera que la participación de las mujeres en las directivas sería de al menos un 10% un año después de la sanción de la ley, es decir, en julio de 2018; de un mínimo de 20% a los dos años de vigencia; y de al menos 30% al tercer año. Así, desde julio de 2020 las entidades obligadas deben cumplir con la cuota de al menos 30% de mujeres en sus juntas directivas.
“El trabajo se fundamentó exclusivamente en la revisión de 37 bancos, más los 2 bancos estatales, que conforme a la normativa bancaria panameña les aplican las reglas sobre gobierno corporativo, con la información como se encuentra en la página web del regulador bancario”, explicó Barsallo en una nota de antecedentes incluida en el trabajo. De igual forma, señala que no se ha efectuado estudio sobre el cumplimiento de otros sujetos obligados.
El trabajo concluye que de los 39 bancos estudiados, todos de licencia general, solamente 11 cumplen cabalmente con la cuota superior al 30%; hay tres que tienen un 29% de mujeres en sus directivas; ocho están en el rango entre 20% y 28% de cumplimiento; y el resto por debajo, incluyendo cuatro entidades que tienen 0% de cumplimiento.
Por lo tanto, apegándose estrictamente a la ley, “solo 11 de los 39 bancos cumplen con la ley. 28 bancos no cumplen con los requerido. Es decir, un 28% cumple mientras que del restante 72% no cumple”, recoge Barsallo.
El abogado señala que el estudio vuelve a traer al debate el hecho de que se aprueban leyes para luego no cumplirlas.
Una de las razones que explican el incumplimiento es que la norma no impone sanciones.
Además, Barsallo ha cuestionado la reglamentación de la norma y presentó demandas contra un decreto ejecutivo y un acuerdo de la Superintendencia de Bancos de Panamá que, reclama, avalan el incumplimiento de la ley.
El Decreto Ejecutivo 241- A de 11 de julio de 2018 señala que “en caso de no cumplir, el sujeto regulado deberá explicar las razones del no cumplimiento”, dejando por tanto la puerta abierta para no llegar a la cuota.
Los estudiantes señalan que una respuesta común entre aquellos vinculados al sector bancario, sobre por qué no se llega al porcentaje que la cuota exige es la ausencia de mujeres capacitadas o con la experticia necesaria para ocupar estos cargos.
Barsallo dijo que sí hay mujeres capacitadas y señaló más bien a una cuestión de falta de voluntad de las entidades.
Por su parte, el superintendente de Bancos de Panamá, Amauri Castillo, dijo que en su mayoría los bancos han ido incorporando mujeres a las directivas, pero también señaló que la ley es clara y que a esta fecha los bancos deberían estar cumpliendo.
Dijo que como regulador están pendientes y que al momento de producirse un cambio en una junta directiva, procuran requerir la incorporación de mujeres, aunque reconoció que la implementación no ha sido fácil, haciendo alusión también a la falta de sanciones en la norma.
Castillo planteó que, desde su punto de vista, las juntas directivas no tienen que estar integradas al 100% por banqueros y banqueras, sino que hay otras disciplinas, como puede ser la tecnología o la responsabilidad social corporativa, que se pueden incorporar a los directorios. “Como regulador, creo en la diversidad no solo de género sino también profesional”, de manera que una directiva tenga una visión más integral, sostuvo.
Castillo hizo autocrítica porque el propio regulador, que también es sujeto obligado de la norma aunque no se incluyó en el estudio, incumple con la cuota. De hecho, no tiene ni una sola mujer en una directiva que es designada por el Ejecutivo.
El estudio plantea una serie de posibles soluciones para que se cumpla la norma. Entre ellas está la eliminación del mecanismo que permite explicar la falta de cumplimiento; otra alternativa pasaría por reformar la propia Ley 56 de 2017, ya que se trata de una norma “imperfecta”, que “se ha convertido en una invitación” y no en una exigencia.

