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REGULACIÓN

Etesa advierte efectos del proyecto de ley 342

Si se aprueba esta norma, se retrasará la operación de proyectos eléctricos por falta de líneas de transmisión.

Etesa advierte efectos del proyecto de ley 342
Para el desarrollo de proyectos de energía se necesita adquirir una servidumbre. Archivo

Un proyecto de ley que debaten los diputados afectaría el desarrollo de varias obras de interconexión eléctrica en el país, advirtió la estatal Empresa de Transmisión Eléctrica (Etesa).

El proyecto de Ley 342 -aprobado en primer debate por la comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional- deroga un artículo del texto único de la Ley 6 de 1997, relacionado con el uso y adquisición de servidumbre, explica el gerente de Etesa, Carlos Mosquera.

De aprobarte este proyecto de Ley 342, Etesa incumpliría el Plan de Expansión del Sistema de Interconexión Nacional (Pesin), poniendo en peligro la estabilidad del sector eléctrico panameño porque se retrasaría la entrada en operación de proyectos eléctricos por falta de líneas de transmisión. Así mismo, se retrasaría el desarrollo de proyectos de interés nacional, se incurriría en gastos exorbitantes y la consecuente elevación del presupuesto nacional, indica Mosquera.

Con esta norma se afectaría la interconexión eléctrica Panamá-Colombia, la línea de Transmisión Sabanitas-Panamá III, la Cuarta línea de Transmisión Eléctrica, la línea Mata de Nance-Frontera, línea de Transmisión Veladero-Panamá, línea Panamá II-Chepo y diversos proyectos de ampliación y repotenciación a lo largo del país, que en su conjunto suman más de mil millones de dólares en inversión, añade.

“En el artículo 50 de la Constitución Nacional está claramente establecido que el interés privado siempre deberá ceder al interés público. En la norma vigente regulatoria para la prestación del servicio público de electricidad, se establecen cuáles son los parámetros y procedimientos para el uso y adquisición de servidumbre, por lo que no consideramos correcto aludir que se haya o se esté despojando indebidamente a particulares de sus propiedades”, explicó Mosquera, a través de una nota de prensa.

Esta legislación dejaría en un limbo jurídico los procedimientos sumarios para el establecimiento de servidumbres, que actualmente se ventilan ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), ya que los proyectos impulsados por Etesa son de utilidad pública.

En la exposición de motivo, el diputado proponente Eugenio Bernal de Veraguas señala que la iniciativa legislativa busca subsanar un exabrupto jurídico que fue introducido en el texto único de la Ley 6 de 1997. Añade que mediante el artículo 3 de la Ley 18 de 26 de marzo de 2013, entre otras normas, se adicionó el artículo 138-A a la ley 6 del 3 de febrero de 1997: esta norma autoriza a la ASEP a aplicar un procedimiento sumario para el uso y adquisición de inmuebles y servidumbres, cuando la construcción de cualquier obra o trabajo, relacionado con la actividades de generación, interconexión, transmisión y distribución de electricidad destinadas al servicio público, sea calificada por la ASEP como de carácter urgente para satisfacer necesidades básicas de la comunidad y que las partes no hayan logrado un acuerdo previo, en un plazo de 15 días calendarios.


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