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Gobierno corporativo

‘Excepción para no cumplir cuotas es ilegal’

Empresas reguladas deben tener un 30% de mujeres en directivas, pero un acuerdo bancario y un decreto ejecutivo les permiten explicar por qué no cumplen.

‘Excepción para no cumplir cuotas es ilegal’
Bancos, aseguradoras y casas de valores, además de empresas públicas y mixtas, deben tener 30% de mujeres en sus directivas a partir de julio. Archivo

El abogado Carlos Barsallo anunció que demandará la ilegalidad e inconstitucionalidad de un decreto ejecutivo y un acuerdo de la Superintendencia de Bancos de Panamá.

Según el jurista, ambas regulaciones permiten a las empresas esquivar el cumplimiento de la Ley 56 de 2017, que obliga a un grupo de entidades estatales, empresas mixtas y compañías reguladas, principalmente del sector financiero, a cumplir con una cuota de 30% de mujeres en sus juntas directivas para julio de este año.

Se trata, en concreto, del decreto ejecutivo 241-A de 11 de julio de 2018, que reglamenta la ley de participación de mujeres en juntas directivas, y del acuerdo 8-2019 de la Superintendencia de Bancos de Panamá.

“Cumplir la Ley 56 de 2017, de participación de mujeres en juntas directivas, es una acción concreta, hoy inevitable, por ser ley, de cambio en cuanto al respeto e inclusión de las mujeres”.

Carlos Barsallo, abogado

El decreto ejecutivo permite a las compañías reguladas, como bancos, aseguradoras y casas de valores, entre otras, informar si cumplen o no con la ley, abriendo por tanto un espacio para el incumplimiento.

Y el acuerdo de la Superintendencia lleva esa salvedad al marco regulatorio bancario. La excepción, no obstante, no aplica para las entidades públicas obligadas, para las empresas estatales ni para las mixtas.

Barsallo emprenderá acciones legales porque, asegura, “la ley es clara” y “debe cumplirse con un porcentaje de mujeres en juntas directivas”. Entre las excepciones al cumplimiento de la ley no están los sujetos regulados por la Superintendencia de Bancos y por lo tanto no habría asidero legal para eximirles de esta obligación.

“Vía un decreto reglamentario se establece que ciertos entes pueden explicar por medio de cuestionarios las razones por las cuales no cumplen la ley. Eso no lo permite la ley, es contrario al Estado de Derecho en el cual las leyes son de obligatorio -y no voluntario- cumplimiento. Un decreto reglamentario no puede crear esta excepción o privilegio para unos”, explicó el abogado, que también llamó la atención sobre el hecho de que un decreto no puede modificar el mandato de una ley, que es de rango superior.

Tampoco podría hacerlo un acuerdo bancario, “y menos basándose en un decreto ejecutivo, a su vez ilegal. Crear y desarrollar esta excepción es ilegal e inconstitucional”, concluyó.

El propio regulador bancario, que también debe cumplir la norma, tiene en su junta directiva siete hombres y ninguna mujer. Así que el regulador estaría incumpliendo la ley y abriendo una ventana para que sus regulados también lo hagan.

A través de la incorporación de cuotas, la Ley 56 pretende elevar la participación de la mujer en las juntas directivas. Es un esfuerzo por tener una representación más equitativa y cónsona a la composición de la sociedad. También, como fue destacado en un foro organizado por la Bolsa de Valores de Panamá el pasado viernes, es beneficioso para los negocios, ya que las mujeres pueden aportar una mirada complementaria en la toma de decisiones.


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