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REGULACIÓN

Miviot dice que no permitirá ‘abusos’ de los arrendatarios

Las autoridades buscan un mecanismo de insolvencia para posponer el pago, ya que la suspensión del contrato laboral no parece ser la única prueba válida.

Miviot dice que no permitirá ‘abusos’ de los arrendatarios
El Decreto Ejecutivo 314 del 7 de agosto de 2020 suspendió los lanzamientos. Archivo

Tras la afirmación de la Asociación de Propietarios de Inmuebles (API) de que algunos arrendatarios pese a tener ingresos no están cumpliendo con el compromiso de pagar el canon de arrendamiento, el viceministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), José Batista, aseguró que la institución no va a permitir “abusos”.

Esta inquietud fue planteada hace poco por la directiva de API al Miviot a través de una nota, firmada por el presidente del gremio, José Antonio Díaz.

Al ser consultado por este diario, Batista manifestó que ya se tiene un mecanismo legal para enfrentar este compromiso que fue tratado en la mesa del diálogo entre arrendadores y arrendatarios. Las autoridades se han reunido con representantes del sector hasta hace unas semanas por aproximadamente dos meses.

Aunque no ofreció detalles, adelantó que tener una copia del contrato laboral suspendido no es suficiente prueba para no pagar, porque existen muchas personas que aunque ya se han incorporado a trabajar aparecen con el contrato suspendido en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).

Dijo que comparte la inquietud de la API y de otros arrendadores que también han denunciado el no pago de inquilinos que se escudan en el decreto que prohíbe los lanzamientos. “Son varios los factores que estamos analizando para la reglamentación o los nuevos decretos, o lo que vayamos a implementar”, indicó Batista. Hay casos de arrendatarios que antes de la aplicación del decreto por la pandemia, tenían morosidad acumulada, lo cual demuestra una cualidad de irresponsabilidad, dijo.

Igualmente existe una “falencia”, que ha quedado en evidencia con la pandemia, añadió, sobre el incumplimiento de registrar los contratos de alquiler en el Miviot, lo cual es obligatorio por ley.

Se calcula que más de la mitad de los arrendamientos no están registrados y en algunos casos los arrendadores no han podido llegar a acuerdos porque este es un requisito.

Sin embargo, el Miviot ha permitido el registro del contrato sin la necesidad de hacer el depósito de garantía.


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