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COntrataciones públicas

Promueven compras locales y nacionales

En licitaciones menores, tendrán cierta ventaja las empresas cuyo domicilio esté en el municipio que hace el acto público. Su precio podrá ser hasta un 5% superior al de una firma no local.

Promueven compras locales y nacionales
Las entidades públicas podrán hacer licitaciones exclusivas entre compañías panameñas cuando se trate de obras de hasta $5 millones y si ninguna empresa extranjera invoca un acuerdo comercial. Archivo

Uno de los objetivos del Gobierno en la reforma a la Ley de Contrataciones Públicas es la promoción de las compras locales y nacionales cuando se trata de bienes y servicios contratados por el Estado.

El proyecto de ley 10, que reforma la Ley 22 de 2006, incluye varios artículos en los que se promueve la contratación de empresas afincadas en el municipio donde se realiza la licitación para casos de compras menores, así como la posibilidad de hacer licitaciones de obra civil exclusivas para firmas panameñas.

El texto señala en el artículo 5 que cuando participen varios proponentes, la empresa domiciliada en el municipio tendrá la prioridad en la adjudicación, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos del pliego de cargos y su precio no sea un 5% superior al presentado por una empresa no local.

Último grupo de artículos, a debate

El debate del proyecto de ley 10, que reforma la Ley de Contrataciones Públicas, sería retomado mañana miércoles en la tarde, informaron fuentes del Legislativo. En la sesión se abordaría el tercer grupo de artículos de la ley. Si son aprobados en primer debate, el texto completo pasaría al pleno para seguir el trámite parlamentario.

Por su parte, en el artículo 4 los diputados aprobaron que en los actos de selección de contratista para la construcción de obras que no superen los $5 millones, “las entidades licitantes podrán realizar actos públicos para la participación exclusiva de empresas nacionales”.

Esta condición se mantendrá salvo cuando una empresa extranjera interesada en participar invoque un tratado de libre comercio o de protección de inversiones entre su país y Panamá.

Para ser considerada una empresa nacional, la compañía debe estar constituida de acuerdo a las leyes panameñas, los beneficiarios finales deben ser por lo menos 80% panameños y tiene que estar inscrita en el régimen de la Caja de Seguro Social.

“Estamos tratando de promover las empresas locales y las panameñas, así como la producción de bienes de origen nacional para ir dinamizando la economía de la capital y del resto del país. Al promover las empresas locales la generación de empleo se queda en el municipio”, dijo Raphael Fuentes, director general de Contrataciones Públicas.

Transparencia

Estas propuestas fueron aprobadas dentro del primer grupo de artículos que votaron los miembros de la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos la semana pasada. En la misma sesión se aprobó que las empresas y personas condenadas en Panamá o en el extranjero por delitos contra la administración pública; contra el orden económico; delitos contra la seguridad colectiva; delitos contra el patrimonio económico; y delitos contra la fe pública, con penas de prisión a uno o más años, quedarán incapacitadas legalmente para ser contratadas por el Estado.

Lo mismo sucederá con las empresas que hayan dejado en estado de abandono una obra por causa imputable al contratista; o alcanzado acuerdos de colaboración judicial o acuerdos de pena, en los que hayan reconocido la comisión de los delitos citados anteriormente.

Otras novedades aprobadas en primer debate y que tienen que ver con el combate a la corrupción fueron las propuestas del diputado independiente Gabriel Silva, que elevan los castigos a funcionarios que cometan ciertas faltas graves.

Silva explicó que actualmente, el castigo a funcionarios que comparten información privilegiada o cometen división de materia es de un 30% del salario. “Lo que puede pasar es que empresas le pagan esa multa o mucho más a cambio de esa información”, apuntó.

Según la propuesta aprobada, aquellos funcionarios que compartan información privilegiada o hagan división de materia serán despedidos y quedarían inhabilitados de por vida para ejercer la función pública, independientemente de las responsabilidades civiles o penales.


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