Las cartas que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) puso sobre las mesa respecto a las normas que regirían el futuro inmediato de empresas y colaboradores implicará cambios, consensos y enormes desafíos que en este momento las partes no están dispuestas a asumir, como lo propone el Ejecutivo en un proyecto de ley presentado ante la Asamblea Nacional.
Doris Zapata, jerarca del Mitradel, sustentó ayer el proyecto de ley 354 ante la Comisión de Trabajo, recalcando que la normativa busca garantizar la mayor cantidad de empleos mientras dure el estado de emergencia provocado por la pandemia respiratoria del coronavirus (Covid-19), pero de forma automática encontró desaprobación tanto de los trabajadores como de los empresarios.
El proyecto de ley plantea varios cambios transitorios en la relación laboral, entre las que destacan, la extensión de la suspensión temporal de los contratos hasta el mes de diciembre y el pago del decimotercer mes para estos trabajadores. Plantea que el cálculo de la prima de antigüedad y de la indemnización a que tenga derecho el trabajador cuyo contrato fue suspendido, tendrá como base los salarios devengados antes de la declaratoria de emergencia.
Los trabajadores señalan que lo propuesto por las autoridades no fue parte de los acuerdos alcanzados en la mesa tripartita del diálogo y que se estaría afectando a la clase trabajadora.
Los empresarios aseguran que el proyecto provocará el cierre de empresas, lo que se traducirá en menos puestos de trabajo.
El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) solicitó, durante el primer debate, que se eliminen 6 de los 16 artículos del proyecto presentado por Zapata.
Por otro lado, los artículos 1 y 2, que permiten que las empresas afectadas por la pandemia puedan extender hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de contratos, cuentan con el apoyo del sector empresarial.
Sin embargo, Eduardo Gil, secretario general de Convergencia Sindical, indicó que extender hasta diciembre la suspensión de los contratos sin antes solucionar la situación económica de los trabajadores afectados es irresponsable, ya que el bono facilitado por el Gobierno no cubre las necesidades básica de una familia.
“Este es un proyecto lesivo contra la clase trabajadora y ninguno de los artículos obtuvo consenso en la mesa tripartita”, comentó el sindicalista.
El malestar del Conep con lo propuesto por el Mitradel comienza en el tercer artículo, que establece multas a las empresas de hasta 5 mil dólares por cada trabajador, en caso de comprobarse que el empleador incurrió en prácticas discriminatorias, al momento de reincorporar a sus trabajadores con contratos suspendidos.
En una carta que lleva la firma de Julio De La Lastra, presidente del Conep, el gremio señala que el artículo 3 es subjetivo, porque deja a discreción de la autoridad de turno decidir si la empresa incurrió en discriminación, al no establecer parámetros que permitan decidir de forma objetiva.
“No se establece qué actos pueden ser discriminatorios y fijar multas en estos momentos puede poner en riesgo de cierre a muchas empresas”, indica el Conep.
Al respecto, Zapata dijo que la institución sí tiene una reglamentación para determinar cuándo se comete un acto discriminatorio, pero no entró en detalles durante la sustentación de la normativa.
Además del artículo 3, el gremio empresarial solicitó a los diputados de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Nacional, el retiro de los artículos 8, 9, 10, 11 y 12.
El Conep no cree conveniente que se altere la fórmula de calcular las partidas del decimotercer mes, al fijar un pago de 50 dólares a los trabajadores que no han laborado desde el mes de abril.
Para la organización empresarial, fijar un pago representará una carga para el sector empresarial, en especial para las pequeñas y medianas empresas que no generan ingresos desde el inicio de la pandemia respiratoria.
El desembolso de los 50 dólares y el mecanismo de pago del mismo están contemplados en los artículos 8 y 9 del proyecto.
En este sentido, Zapata comentó que el Gobierno está dispuesto al diálogo con todas las partes para determinar un apoyo solidario a los trabajadores, algunos con más de cuatro meses sin recibir ingresos.
Recargo por hora
Los artículos 5 y 6, que no fueron objetados por el sector empresarial, son los que más preocupan a los sindicatos de trabajadores, ya que extiende el número de horas extraordinarias que se pueden trabajar por semana, pero reduce el cargo que deben pagar las empresas.
“De aprobarse el proyecto, el recargo por hora extraordinaria en la jornada mixta quedaría en 25%, mientras que en horario nocturno bajaría al 50%, lo que representará otro golpe a los trabajadores”, explicó el sindicalista.
Los artículos 10, 11 y 12, que abordan la terminación de la relación laboral, la negociación de los mutuo acuerdos y el pago de las prestaciones laborales, también preocupa a los empleadores.
El artículo 10 indica que la firma del mutuo acuerdo debe darse en las oficinas del Mitradel o sus respectivas regionales, y de no cumplirse con este requisito, será considerado como nulo.
En esa línea, el artículo 11 indica que las prestaciones laborales serán canceladas en un solo pago. Al respecto, De La Lastra indica que dichas imposiciones afectan el proceso de negociación entre la empresa y los trabajadores, como ha ocurrido históricamente.
Tras conocerse la postura de trabajadores y empleadores, la Comisión de Trabajo decidió crear una subcomisión, integrada por los diputados Crispiano Adames, Ana Giselle Rosas y Víctor Castillo. Se fijaron tres días hábiles, contados desde hoy, para analizar la sugerencias de todos los interesados.
