Las propuestas contenidas en el proyecto de ley 287, aprobadas ayer en segundo debate por el pleno de la Asamblea Nacional, solamente contemplan un lado del balance del sistema bancario, el lado de los deudores, mientras que no tienen en cuenta que los fondos que sirven para hacer los préstamos proceden, en su mayoría, de los ahorristas o depositantes del propio sistema bancario. El planteamiento lo hizo el superintendente de bancos, Amauri Castillo, en una conversación con este diario.
En el sistema bancario nacional hay $57,222 millones en depósitos internos, distribuidos en 4.6 millones de cuentas de ahorros, según datos de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP). Esos fondos son la base que utilizan los bancos para conceder los préstamos, en lo que se llama intermediación financiera: Los bancos captan unos fondos de los depositantes, por los que pagan una tasa de interés, y los prestan con otra tasa de interés, incluyendo su margen, como sucede en cualquier otro negocio.
En sentido contrario, los intereses que los bancos cobran a sus clientes por los préstamos son utilizados para cumplir con las obligaciones con los depositantes, los acreedores de los bancos, los empleados y para poder conceder nuevos préstamos.
Por eso, tanto el regulador como los representantes de la industria señalan que la imposición por ley de una moratoria hasta diciembre, que permita la suspensión de pagos de todos los clientes afectados, puede generar desequilibrios en el necesario balance que tiene que haber en el sistema.
“El proyecto de ley hace referencia a una parte del balance, pero ¿quién dice algo sobre los depositantes?”, sostuvo el superintendente.
En la misma línea, la presidenta de la Asociación Bancaria de Panamá, Aimeé Sentmat de Grimaldo, dijo que la toma de decisiones se debe hacer con la premisa de preservar la seguridad de los depositantes y que la adopción de medidas que sean rígidas se pueden traducir en una restricción del crédito. En un entorno con menos ingresos, estos se destinarían a cubrir los compromisos con los depositantes, restando la capacidad de la banca para prestar y de contribuir así a la reactivación de la economía.
Ayer, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de ley 287, que había sido vetado parcialmente por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, al considerar unos artículos inconvenientes y otros inexequibles, es decir, que podrían ser inconstitucionales.
La propuesta avalada por la Asamblea establece una moratoria sobre los préstamos concedidos por los bancos, cooperativas y financieras hasta el 31 de diciembre de 2020 para las personas naturales o jurídicas afectadas económicamente debido a la pandemia. Podrán ser objeto de la moratoria los préstamos hipotecarios residenciales, préstamos personales, préstamos de auto, tarjetas de crédito, préstamos a la pequeña y mediana empresa, préstamos comerciales, préstamos de transporte, al sector agropecuario y los créditos de consumo, según la propuesta.
Para acreditar el estado de incapacidad o insolvencia para el pago de los compromisos, será suficiente “la presentación de declaración jurada en papel simple o ante Notario Público, para las personas naturales, jurídicas e independientes donde hagan constar la afectación en sus ingresos; o la carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de la jornada de trabajo, para los empleados del sector público o privado”, por efectos de la pandemia.
Varios diputados afirmaron durante las dos sesiones de debates en el pleno, en las que no participaron representantes del Ejecutivo, que la ley es necesaria para darle un vínculo legal al acuerdo alcanzado por los bancos y el presidente de la República el pasado 4 de mayo, por el que los bancos se comprometieron a conceder, a partir de julio, plazos de moratoria adicionales a los que ya habían sido concedidos desde abril y que podrían llegar hasta diciembre, dependiendo de la circunstancia de cada cliente.
El superintendente dijo que la manera como se está abordado la situación con la regulación vigente insta al banco a que se ponga de acuerdo con sus clientes “para encontrar la mejor solución dentro de las circunstancias y posibilidades de cada cliente”. Esto es lo que se ha venido haciendo hasta la fecha y que ha permitido la flexiblización de más de un millón de préstamos.
Para Castillo, los bancos pueden buscar soluciones intermedias con aquellos clientes que hayan visto afectada su situación, pero mantengan parte de su capacidad de pago. Así, por ejemplo, un cliente podría no poder pagar $400 de su hipoteca, pero sí hacer frente a una mensualidad de $200. En ese caso, se podría buscar la solución de extender el préstamo y reducir el pago mensual. Con esa alternativa, el cliente vería reducida su carga financiera respecto a su obligación original, y el banco recibiría ciertos ingresos.
Si el proyecto de ley termina entrando en vigor, aunque llegar a este tipo de acuerdos siga siendo posible, se limitaría la capacidad de los bancos para lograrlos.
En otra de las modificaciones aprobadas, los diputados plantean que una vez vencido el término de la moratoria, acreedores y deudores deberán establecer los mecanismos necesarios para refinanciar o prorratear los compromisos sin recargos por mora ni afectación de su referencia de crédito.
Los bancos, cooperativas y financieras tampoco podrían efectuar cobros, aumentar las tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo, sobre los créditos contemplados en el proyecto de ley, entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre. La propuesta legal señala que la Superintendencia de Bancos de Panamá, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, el Ministerio de Comercio e Industria y demás autoridades competentes, estarán obligados a velar por su estricto cumplimiento, y aplicarán las sanciones establecidas.
El pleno está citado para hoy jueves, último día de las sesiones extraordinarias convocadas por el presidente Cortizo, para darle el tercer y último debate al proyecto de ley.
Bono solidario no estaría vinculado a canasta básica
Uno de los artículos que fue vetado por el presidente Cortizo señalaba que el bono solidario que reciben los trabajadores afectados sería a razón de la canasta básica familiar, que supera los $300. En su argumentación, respaldada por la Comisión de Gobierno, el Ejecutivo señalaba que la propuesta no incorporaba el gasto que tendría que asumir el Ejecutivo ni una renta sustituta, lo que haría potencialmente inconstitucional el artículo.
En la propuesta aprobada ayer se establece que el monto del bono que recibirán los trabajadores formales suspendidos o cesados y los informales afectados, “será determinado por el Órgano Ejecutivo”.
Por su parte, el artículo que establecía la suspensión durante tres meses del cobro de los cánones por arrendamiento de oficinas, locales comerciales y habitacionales, que también había sido vetado por Cortizo, fue retirado del proyecto.

