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Conferencia Internacional Anticorrupción

Registro de beneficiarios, herramienta contra delitos

Han pasado más de ocho meses desde que se aprobó el registro panameño, pero no se ha creado. El gobierno adelanta una revisión a la norma.

Registro de beneficiarios, herramienta contra delitos
La creación e implementación de un registro de beneficiarios finales es una de las tareas de Panamá. Archivo

La creación y puesta en marcha de registros de beneficiarios finales se ha convertido en una herramienta en el combate contra el blanqueo de capitales y actos de corrupción.

Esta fue una de las ideas planteadas ayer en el panel “No hay dónde esconderse: Por qué necesitamos registros de beneficiarios finales”, celebrada en el marco de la Conferencia Internacional Anticorrupción, que contó con la participación de Carlos Barsallo, presidente del capítulo panameño de Transparencia Internacional.

En estos registros se coloca información de los beneficiarios finales de las sociedades, es decir, de sus propietarios reales.

Así, estos instrumentos sirven para ayudar a saber quién está usando un vehículo para potencialmente ocultar actos de corrupción, comentó Barsallo a este diario.

El registro de beneficiarios finales es una herramienta que debe ser acompañada y complementa otros elementos de todo un ecosistema, también integrado por el órgano judicial, la academia, un periodismo independiente, así como dosis de voluntad e interés, dijo Barsallo.

La ley panameña

Panamá aprobó la creación de un sistema privado y único de registro de beneficiarios finales de personas jurídicas a través de la Ley 129 de 17 de marzo de 2020, promulgada en Gaceta Oficial el día 20 de ese mismo mes.

Aunque han pasado más de ocho meses desde la aprobación de la ley, el registro como tal no ha sido creado y no está operativo, algo que fue resaltado en la conferencia internacional de ayer.

Barsallo comentó a este diario que en el pasado, en el país se han aprobado leyes y se han reglamentado años después, aunque no siempre hay entidades internacionales pendientes, como sucede en este caso.

La creación del registro de beneficiarios finales es una de las acciones que adelanta Panamá en su estrategia para salir de la lista gris del Grupo de Acción Financiera (GAFI), en la que ingresó en junio de 2019.

Barsallo señaló que luego de la creación del registro, tarea que le corresponde a la Superintendencia de Sujetos No Financieros, habrá un plazo de seis meses para que los agentes residentes carguen la información de sus clientes. Deberá pasar ese tiempo para que el registro esté realmente operativo y se pueda calibrar su buen funcionamiento y efectividad.

Consultado sobre la demora en la creación del registro, Dani Kuzniecky, secretario técnico de la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales, dijo a este diario que como parte de una revisión de los avances de ejecución del plan de acción “surgió la necesidad de implementar ciertos ajustes a la ley que creó este sistema, paso que es indispensable para continuar avanzando con su implementación. Por otro lado, la seguridad de los datos es esencial para la ejecución de esta iniciativa y en este momento el Gobierno Nacional se encuentra trabajando paralelamente en implementar la herramienta informática que permita gestionar este registro único de una forma segura y eficiente”.

Uno de los aspectos que se pretende garantizar es que la información incluida sea acertada y lo más actualizada posible.

Precisamente en el foro celebrado ayer se habló no solo de la importancia de contar con los registros de beneficiarios, sino de que la información que se incorpora sea confiable.

En ese sentido, llamó la atención el hecho de que la norma aprobada en Panamá establece sanciones muy elevadas por la filtración de información ($200,000) y relativamente bajas cuando la información no sea registrada o actualizada de acuerdo a lo dispuesto en la ley (de $1,000 a $5,000).

Barsallo comentó sobre otros aspectos de potencial mejora en la norma. Dijo que el acceso a la información está limitado a un número de entidades y que, por ejemplo, el director general de Contrataciones Públicas no puede solicitar información al registro, sino que se tendría que esperar a que el Ministerio Público abra una investigación en un caso de corrupción, por ejemplo. El abogado defendió que en el derecho más moderno se trata de prevenir estos actos desde la esfera administrativa para reducir las posibilidades de comisión de delitos.

También señaló que en el registro de beneficiarios finales panameño se incorporará la información de las sociedades anónimas y de las fundaciones de interés privado, pero no de los fideicomisos y abogó por buscar las fórmulas, aunque no sea a través de este registro, para conocer detalles sobre estos instrumentos, porque es otro problema de falta de información.


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