Una pequeña pieza del rompecabezas de la justicia panameña sirve de muestra para el análisis de la opinión pública. Una mujer con antecedentes penales tiró un arma de fuego desde el puente de las Américas luego de haber irrespetado a policías que cumplían con su trabajo. Tanto el Ministerio Público como el juzgado de garantías le aceptaron un acuerdo de pena, cuando presuntamente había un delito infraganti, sin que se le solicitara cooperación para resolver otros delitos. Aunque no le concedieron el trabajo comunitario como pena sustitutiva de los 50 meses de prisión dictaminados en su contra, el solo hecho de realizar una audiencia para debatir tal solicitud espanta. ¿Es que acaso ni la fiscal ni la juez entendieron de lo que realmente se trata esta conducta? El procurador general de la Nación, Eduardo Ulloa, tiene en sus manos la tarea de refinar los criterios de sus fiscales para aceptar acuerdos de pena. Es intolerable que un centro de salud o una escuela hubiesen sido el destino del trabajo comunitario de la delincuente. La justicia no es únicamente lo que dicen los códigos, si no también lo que necesita la sociedad.
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29 feb 2020 - 05:00 AM
