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Hay decisiones de la Corte Suprema que merecen un examen por sus contradicciones. Por ejemplo, los magistrados admitieron un hábeas data promovido por este medio y ordenaron a la entonces presidenta de la Asamblea Nacional (AN), Yanibel Ábrego, entregar toda la información solicitada por La Prensa, concerniente a las planillas de la AN, pero la diputada, en vez de cumplir la orden, entregó lo que le dio la gana. A su turno, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información solicitó también la información de las planillas, pero Ábrego tampoco la entregó, por lo que la institución inició un proceso administrativo sancionador contra la funcionaria, como le permite hacer la ley. Pero ahora resulta que la sanción por este tipo de acciones la debe imponer la Corte. Es la misma Corte que previamente declaró que aunque la diputada no entregó la información que se le ordenó proporcionar, el desacato no estaba probado. La Corte ignora sus propios fallos y reclama su derecho a sancionar, pero es un derecho que ni ejerce ni permite que otros lo ejerzan. Resultado: impunidad rampante.