Tal y como existe el régimen de sociedades anónimas en Panamá, el beneficiario real de esa persona jurídica puede ser un total desconocido para el agente residente, quien es el que debería proveer la información sobre la sociedad. Esta situación ha sido un escollo en los casos de corrupción de alto perfil, en los esfuerzos de cooperación judicial internacional y en el rastreo de fondos sucios en múltiples jurisdicciones. Por esto, el nuevo sistema privado y único de registro de beneficiario final permitirá mantener la reserva de la identidad de los dueños de las sociedades, pero le daría acceso a las autoridades nacionales e internacionales que necesiten esta información. Esto había sido una causa de incumplimiento de Panamá a las solicitudes de información de los países de la OCDE y por supuesto, nos había colocado en las infames listas por las que tanto protestamos. Ahora, una vez el proyecto de ley 169 sea rubricado por el presidente Laurentino Cortizo, la comunidad de servicios legales y financieros tiene que participar activamente en sanear las sociedades anónimas panameñas, evitando que sean herramientas para actuaciones corruptas.
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21 feb 2020 - 05:00 AM