Más de un centenar de panameños que residen en poblados en la frontera con Colombia pueden ser impugnados de ejercer su voto en los comicios del 2004 si se confirma que no han cumplido con las normas electorales.
El cónsul de Panamá en la población colombiana de Capurganá, Ermilo Morales, se trasladó la semana pasada a la ciudad capital para solicitar al Tribunal Electoral (TE) que aclare el estatus de estos panameños.
Explicó el cónsul que en los poblados colombianos fronterizos con Panamá, como Zapzurro, Capurganá y Acandí, residen desde hace varios años unos 120 panameños.
Muchas de estas personas se trasladan por mar y a pie hasta los poblados panameños de La Miel y Puerto Obaldía, en la comarca Kuna Yala, para ejercer su derecho al sufragio, porque es donde aparecen registrados.
Sin embargo, el cónsul manifestó que desconoce si la situación es legal.
El 30 de abril culminó el período estipulado por el Tribunal Electoral (TE) para que todos los ciudadanos registraran sus cambios de residencia.
Morales dijo que en caso de que estos panameños estén aptos para votar pedirá que se instale una mesa de votación en la población de Capurganá, para que puedan votar en un sitio más cercano a sus residencias.
En tanto, el magistrado del TE Dennis Allen señaló que toda persona debe votar donde aparezca en el padrón electoral, siempre y cuando cumpla con los requisitos de cambios de residencia en el tiempo establecido por las leyes electorales.
Explicó que del 1 de junio al 15 de julio es el período establecido para que se presenten las impugnaciones al padrón electoral.
Dijo que existe una gran cantidad de panameños que está en el extranjero y aparece en el padrón electoral y puede votar.
Sobre la posibilidad de colocar una mesa de votación en Capurganá, Allen enfatizó que no se estipula en las normas electorales una medida de esa naturaleza.
