GOBIERNO

Honorables ¡señores feudales!: Antonio Saldaña

Los gobiernos locales tal cual como funcionan hoy día, se asemejan mucho más a la descentralización feudal –sistema político predominante en la Europa occidental de la Edad Media (entre los siglos IX al XV)– que al “poder popular” panameño instituido por la Constitución de 1972 y la Ley 105 de 1973.

En efecto, el feudalismo que es la denominación del sistema político predominante en la Europa occidental de los siglos centrales de la Edad Media, y en la Europa oriental durante la Edad Moderna, se caracterizaba por la descentralización del poder político; al basarse en la difusión del poder desde la cúspide (donde en teoría se encontraban el emperador o los reyes) hacia la base en que el poder local se ejercía de forma efectiva, con gran autonomía o independencia, por una aristocracia, llamada nobleza, y cuyos títulos derivaban de gobernadores del imperio carolingio (duques, marqueses, condes) o tenían otro origen (barones, caballeros).

Fundamentado en distintas tradiciones jurídicas, tanto del derecho romano como del derecho germánico, que dio origen a relaciones de clientela, séquito y vasallaje, el feudalismo respondió a la inseguridad e inestabilidad de la época de las invasiones que se fueron sucediendo durante siglos. Fue una forma de organización social y política basada en las relaciones de sumisión entre los vasallos y los señores feudales. A nivel social, político y económico, presentaba una serie de características semejantes durante la Europa medieval. Políticamente, se caracterizaba por la descentralización del poder, del papel influyente de la Iglesia y el poder que ejercía la nobleza a través de relaciones de lealtad y protección que ofrecían al rey a cambio de dominios y títulos nobiliarios. La sociedad estaba jerarquizada de forma piramidal en estamentos por un lado, los privilegiados (entre los que se encontraba la realeza, la nobleza y el clero) y por otro, los no privilegiados (los siervos y villanos). Y a nivel económico estaba el señor feudal propietario de la tierra y el siervo o vasallo desprovisto de todo.

¿Cómo funciona el poder en Panamá hoy día? Con excesivo presidencialismo oligárquico y con un poder local en el que el cambio ocasionado tras las reformas a la Constitución de 1972 y a la Ley 105 de 1973 fue haber institucionalizado el caciquismo local. Por ejemplo, según la Ley 105 de 1972 la junta comunal estaba integrada por cinco miembros de la comunidad elegidos por votación popular (poder popular o ciudadano). Después de las reformas de 1984 hasta el presente a los miembros de la junta comunal los escoge el “honorable representante” (caciquismo, nepotismo y cohecho, entre otras anomalías).

De manera que bien haría la “sociedad civil” y el pueblo panameño de donde realmente emana el poder, en exigirle al gobierno de Juan Carlos Varela que antes de traspasar competencias y recursos económicos –extraídos de los bolsillos de los contribuyentes, que somos todos– al “poder local”, examinara de forma minuciosa la legislación pertinente, no vaya a ser que la nación sea retrotraída institucionalmente a 500 años o más.

¡Así de sencilla es la cosa!


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