Ricardo J. Alfaro, pionero del tribunal internacional

Ricardo J. Alfaro, pionero del tribunal internacional
Ricardo J. Alfaro

El reconocido jurista panameño Ricardo J. Alfaro, en 1948, sustentó la conveniencia jurídica de establecer de forma permanente el Tribunal Penal Internacional (TPI), que entró en vigencia el pasado 17 de septiembre, de acuerdo con James Bernard, secretario general de la Defensoría del Pueblo.

La Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas designó en esa época a dos juristas, uno de nacionalidad sueca y al panameño Alfaro, para que analizaran la viabilidad de establecer de forma permanente el TPI. Se les pidió que analizaran y estudiaran los principios que había aprobado Naciones Unidas, basada en la jurisprudencia y el estatuto del Tribunal de Nuremberg, y que con ese material señalaran si era conveniente o no, viable o no, jurídicamente establecer un Tribunal Penal permanente.

“El sueco dijo que no, y el panameño Ricardo J. Alfaro, un jurista de primera calidad fue el que sostuvo la tesis de la viabilidad y conveniencia de establecer un TPI”, destacó Bernard, también profesor de derecho en la Universidad de Panamá.

La ponencia de Alfaro sobre la viabilidad del TPI permanente fue “votada de forma unánime por la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas”, agregó.

El TPI está formado por una asamblea general de Estados partes, integrado por todos aquellos que han ratificado, a través de mecanismos internos, el Tratado de Roma.

El funcionario explicó que el pasado 17 de julio se cumplieron las 60 firmas o ratificaciones que se requerían para que empezara a regir el TPI que, de acuerdo con lo establecido, entraría en vigor 60 días después de la ratificación número 60. Dijo que el TPI tiene aproximadamente 80 países miembros.

De acuerdo con Bernard, el mismo desarrollo y significado de los derechos humanos fundamentales y su trascendencia ante la comunidad internacional, se evidenció al final del siglo pasado, cuando se constató la existencia de importante número de convenios, tratados, acuerdos y declaraciones internacionales, sean regionales o universales, destinados a la protección general o específica de la dignidad humana.

Durante el pasado siglo se instituyeron los tribunales de Nuremberg y de Tokio. El Tribunal de Nuremberg tuvo su origen en la Declaración de Moscú del 1 de noviembre de 1943 por el acuerdo de Estados Unidos, Gran Bretaña y la Unión Soviética. Se creó con la finalidad de juzgar los delitos considerados como crímenes contra la paz, crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad cometidos por las fuerzas del ejército nazi durante la Segunda Guerra Mundial.

El TPI permanente va a juzgar a individuos y no a Estados. Entre los casos que conocerá el referido tribunal se incluyen: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, y más adelante los crímenes de agresión entre los Estados.

Según Bernard, el estatuto que sustenta al TPI no admite enmienda, salvo en el caso de crímenes de guerra; los Estados en un periodo inicial de hasta siete años pueden reservarse el derecho del no reconocimiento de la competencia del TPI. Hasta el momento, Colombia y Francia se han acogido a esa enmienda.

Estados Unidos, informó Bernard, se ha opuesto al TPI, con el argumento de que tiene a sus soldados en misiones bélicas en diferentes partes del mundo, y no los puede exponer a que sean juzgados por crímenes de guerra.

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