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Afganistán y la Corte Penal Internacional

Las consecuencias humanitarias de la llegada al poder de los talibanes en Afganistán pueden llegar a ser catastróficas. Si la experiencia nos sirve de guía, de 1996 a 2001, cuando el régimen talibán detentó el poder por primera vez, se produjeron violaciones sistemáticas y generalizadas a los derechos humanos. En particular, se afectaron los derechos de las minorías étnicas y la libertad religiosa, así como los derechos fundamentales de las mujeres y las niñas. En tal sentido, la comunidad internacional tiene la difícil tarea de ejercer su responsabilidad de proteger a la población afgana ante inminentes violaciones a sus derechos humanos.

El éxito de tal tarea dependerá de la voluntad de los Estados y del recurso a mecanismos disuasorios y punitivos, en caso de que se manifiesten actuaciones contrarias a los principios básicos de humanidad. Uno de éstos mecanismos es la Corte Penal Internacional (CPI), institución que no estaba al alcance de la comunidad internacional cuando los talibanes estuvieron en el poder por primera vez. A la luz de las circunstancias actuales, este tribunal está en capacidad de jugar un rol fundamental en la preservación de los derechos de los afganos, en particular los de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad y que ameritan, en consecuencia, de una protección especial.

Afganistán depositó su instrumento de adhesión al Estatuto de Roma de la CPI el 10 de febrero de 2003. En 2007, la fiscalía de la Corte presentó un examen preliminar de la situación en Afganistán en donde concluyó que se habían producido crímenes tales como asesinatos, detenciones arbitrarias, torturas y ataques intencionados contra la población y bienes civiles, en el contexto de un conflicto armado entre las fuerzas gubernamentales y anti-gubernamentales.

En 2017, la fiscalía de la CPI solicitó una autorización para iniciar investigaciones respecto a supuestos crímenes de guerra y de lesa humanidad perpetrados en Afganistán por los talibanes, la red Haqqani, las fuerzas de seguridad afganas y las fuerzas estadounidenses, en el marco del conflicto armado y a partir del 1 de mayo de 2003. Esta solicitud devengó en una serie de controvertidas decisiones de la Sala de cuestiones preliminares y de la Cámara de Apelaciones de la Corte, en las que se rechazaría, en primera instancia, investigar la situación en Afganistán para luego revertir dicho dictamen y autorizar a la fiscalía a proceder con las investigaciones. Tales fueron los efectos de esa decisión que la administración Trump emitió una orden ejecutiva autorizando sanciones económicas y restricciones de viaje contra los funcionarios de la CPI llegando incluso a sancionar directamente a la entonces fiscal de la Corte, Fatou Bensouda. Estas sanciones no serían revocadas hasta abril de 2021 por la administración Biden.

Ante los recientes acontecimientos en Afganistán, el nuevo fiscal de la CPI, Karim Khan expresó su preocupación ante la escalada de violencia, incluyendo las ejecuciones extrajudiciales, la persecución contra mujeres y niñas, los crímenes contra niños y otros crímenes contra la población civil en general. En tal sentido, recordó que a la luz de la decisión de la Cámara de Apelaciones de marzo de 2020, su oficina puede investigar y ejercer jurisdicción sobre cualesquiera actos que se configuren en delitos de genocidio, contra la humanidad o de guerra, perpetrados a partir de mayo de 2003.

La CPI tiene que hacer frente a una multiplicidad desafíos, incluyendo la falta de cooperación de los Estados parte y las críticas en cuanto a su productividad y efectividad misma. La misión de la CPI es poner fin a la impunidad de los autores de crímenes atroces. Es precisamente su trabajo en pro de la realización de dicha misión lo que ha generado una buena parte de las críticas en su contra, pues tal y como sucedió en Núremberg, en Tokio, en Ruanda, en la antigua Yugoslavia o en Sierra Leona, los más grandes perpetradores de crímenes internacionales temen ser sometidos al juicio de la ley internacional. No en vano la CPI y sus funcionarios han sido objeto de sanciones por parte de los Estados Unidos. Tampoco en vano han sido los intentos de Omar Al-Bashir, ex presidente de Sudán, o Saif Al-Islam Gadafi, primer ministro “de facto” durante el gobierno de su padre en Libia, de burlar su rendición al tribunal. La CPI también ha demostrado capacidad para juzgar a un miembro de una organización terrorista como Al-Qaeda. Pero, sin duda alguna, la CPI es y será un mecanismo útil para disuadir a los talibanes de perpetrar atrocidades en el período que se avecina en Afganistán.

El autor es abogado y profesor de derecho internacional


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