La minería metálica, no es sostenible en nuestro país, conforme los científicos, entre ellos el actual rector de la Universidad de Panamá, con el cual presentamos ante la Asamblea Nacional, un proyecto de ley de prohibición de la minería en el año 2015, por las condiciones geográficas y geológicas vulnerables del país, por sus violentos impactos ambientales, ecológicos y sociales, así lo ha manifestado, La Federación de Asociaciones Profesionales Panamá, FEDAP, integrada por los gremios profesionales del país, la Asociación de Derecho Ambiental miembro de la misma, trabajadores, comunidades, científicos y ecologistas, además, la gran mayoría de los panameños, según encuestas, la rechazan.
La dimensión Ambiental, comprende todo lo que existe, conforme la definición, del artículo 2 de la ley 41 General de Ambiente, tanto la parte ecológica y la parte social, en esta última encontramos el sistema político, en nuestro país, totalmente contaminado, por una conducta dirigida al lucro y el centralismo de poder presidencialista, que se pliega al poder económico irracional, como se observa, en la actividad minera, que es un enclave, peor que la anterior Zona del Canal, donde se incumple el derecho nacional e internacional y las autoridades panameña, han permitido, toda clase de actos ilícitos que hemos denunciado formalmente y adelantamos denuncia al Tribunal Internacional de la Haya, para detener, los daños al ambiente de la minería, es decir a la vida, esencia de todo, sin lo cual no podemos existir.
Así tenemos, que la minería metálica y su gran poder económico, durante muchos años, ha hecho en nuestro país lo que ha querido, desarrollando sus actividades mineras al margen de la ley, cometiendo todo tipo de actos ilícitos ambientales, apropiándose de terrenos del parque de Donoso, que ni siquiera están dentro del área del contrato con la nación y destruyendo nuestros vestigios arqueológico. y otros ilícitos, con la total participación de los tres poderes del Estado, logrando en la Asamblea Nacional, un Contrato Ley Inconstitucional, que luego la Corte Suprema demoró siete años en declararlo así y acepto recursos contra dicho fallo, que demoro casi tres años en fallar, desconociendo así, el artículo 206, de la Constitución Nacional, que no lo permite y finalmente el poder ejecutivo, incumpliendo las sentencias de la Corte Suprema, permitiendo los actos ilícitos de la minera y adelantando ahora nuevas negociaciones con la misma.
Ello demuestra que el sistema esta totalmente contaminado y que por ello, es fácil presa del poder económico irracional, que representa en el presente caso, una empresa minera, de manera que, ante este panorama, de la dimensión ambiental nacional, la minería metálica, es totalmente insostenible y debemos frenarla, visto que tenemos otros polos de desarrollos bien definidos, que no tienen otros países, que han prohibido la minería, entre ellos, el Canal de Panamá, la Marina Mercante, el Centro Bancario, Los Puertos y el Turismo, este último será gravemente afectado, en caso de no frenar la minería metálica.
El autor es presidente de la Asociación de Derecho Ambiental
