Hace varias semanas, el 14 de julio, 'descubrí” un edicto emplazatorio de la secretaría general de la Corte Suprema de Justicia que desfijaron ese día, donde se anunciaba un fallo de inconstitucionalidad de 6 de diciembre de 2019, contra el artículo 6° de la ley 37 de 2015 que establece los cursos de Historia de las Relaciones de Panamá y los Estados Unidos en todas las universidades públicas y particulares e instituciones de educación superior del país.
Fue grande mi sorpresa, pero más grande mi disgusto, cuando leo que fue promovido por las actuales autoridades administrativas de la Universidad de Panamá con una pueril justificación de que “es violatorio de la autonomía universitaria”.
Por las redes sociales y ahora por este medio impreso, he hecho comentario en desacuerdo. Yó, como quien dice, ‘destapé y revolví la olla de grillos’, publicando la Vista Fiscal del Procurador General de la Administración, doctor Rigoberto González Montenegro y el Salvamento de Voto del magistrado Cedalice; porque, con el cuento de ‘darle una lección punitiva a la Asamblea Nacional de Diputados, para que no dicte leyes que violen la autonomía universitaria’. La autonomía universitaria, débilmente existente, como ambos ilustrados funcionarios señalan, no se eleva por encima de los órganos del Estado y debe ser ejercida dentro del marco de las Leyes
Éste fallo ha sido un ataque artero a todos los héroes nacionales y al pueblo panameño, para que olvidemos sus hazañas y peor, en momentos históricos cuando los enfrentamientos entre potencias mundiales por espacios económicos y territoriales, deben ser dadas a conocer y magnificadas, para mantener viva la conciencia cívica e histórica de nuestra nación panameña, que no logrado perfeccionar su soberanía total, en razón de que todavía mantenemos una estaca colonialista, como lo establece el segundo tratado Torrijos Carter, que entró a regir el 1 de enero del 2000, ‘concerniente al funcionamiento y neutralidad del canal de panamá”, que es a perpetuidad y garantizado por la República de Los Estados Unidos de América, una de las potencias mundiales en permanente conflicto. Esto hace, al pueblo panameño vulnerable. Es las naciones unidas, el organismo mundial quien debe garantizarnos la “neutralización” y no una supuesta neutralidad.
Espero que estos artículos, que damos a conocer por vía de los diarios nacionales y redes sociales , sean una lección cívica e histórica para quienes, ejerciendo una temporalidad en sus funciones administrativas en la universidad de panamá, sientan el rechazo de sus abusos y extralimitaciones de funciones y, también a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del pleno del 6 de diciembre de 2019, que actuaron con irresponsabilidad, al fallar esta Inconstitucionalidad, desconociendo la Vista Fiscal del Procurador de la Administración, doctor Rigoberto González Montenegro, que les advertía las consecuencias de emitir zamarro esperpento jurídico. Felicito al Magistrado Cecilio Cedalice por su salvamento de voto, advirtiendo que no había causas para fallar la inconstitucionalidad.
Nos queda a los panameños, pedirle a los honorable diputados de la Asamblea Nacional de Diputados y en especial, a la profesora Dalia Bernal (ella fue la autora de la ley 37 de 2015), que presente un Nuevo Proyecto de Ley restituyendo el curso de Historia de las Relaciones de Panamá y los Estados Unidos de América ‘en todas las universidades públicas y particulares e instituciones de enseñanza superior’; objetivo del fallo aberrante.
Los Héroes de la Patria y todo el pueblo panameño, han vuelto a estar de duelo, cuando se les da una puñalada trapera y se impide dar a conocer sus hazañas por el perfeccionamiento de la nacionalidad, con la eliminación del pensum de las universidades, la historia patria por un fallo absurdo de la Corte Suprema de Justicia, promovido por funcionarios pancistas, con intereses inconfesables, dentro de la propia Universidad de Panamá, que ha debido ser la conciencia histórica de la patria.
El autor es cientista político