El día 23 de septiembre de 2019 se presentó el anteproyecto de ley 212 por el cual se regulan las cámaras de video vigilancia en todos los centros educativos y se dictan otras disposiciones. El proponente es el diputado Santiago Gómez.
La norma busca colocar cámaras de vigilancia en todos los centros educativos, con el propósito de aumentar la seguridad, prevenir robos de insumos, riñas, bullying, entre otros, además de contar con las grabaciones como material de prueba para determinar quiénes son los responsables de algún acto perjudicial a sus compañeros o al mismo centro educativo.
En ocasiones no se logra determinar quién es la persona, o se ha dado con la detención de presuntos involucrados en un hecho delictivo dentro de los predios escolares, pero debido a la falta de elementos de prueba que los vinculen no llegan a ser sancionados.
Esta iniciativa legislativa podría dejar abierta la posibilidad de que se coloquen cámaras de vigilancia dentro de los predios escolares como salones de clases, áreas de recreación y otra áreas en las que podrían ser necesarias para proteger bienes de la institución y vigilar a los estudiantes.
Sin embargo, la norma no define los lugares en los que estas cámaras serían colocadas, sino que lo deja a libre albedrío de las personas a cargo de implementar la norma, por lo que si no se toman en cuenta factores como la intimidad y privacidad de los estudiantes, estas cámaras podrían colocarse en áreas sensibles y que pueden llegar a presentar un riesgo para la intimidad de los adolescentes y niños de todos los planteles.
Una de las primeras razones por la que se debería revisar la norma y modificarla sería la de definir las áreas donde se colocarán las cámaras de vigilancia, y que no se permita bajo ninguna circunstancia ubicarlas dentro de baños, vestidores o salones de clases, ya que podrían vulnerar la intimidad y privacidad de los estudiantes.
Segundo, que la ley establezca que el contenido de las grabaciones sea definida como sensible y que las personas que tengan acceso para revisarlas garanticen que su contenido se mantendrá de manera confidencial y que de ninguna forma será compartido o publicado en medios de comunicación, ya que se han visto casos en los que estas cámaras de video dentro de escuelas han captado imágenes de índole privado, de estudiantes menores de edad, y por mal manejo del contenido por las personas encargadas de las cámaras de seguridad, quedan siendo difundidas en medios de comunicación o redes sociales, lo que afecta la integridad y dignidad de los estudiantes.
Por esta razón considero que es de suma importancia que esta norma sea muy bien estudiada para evitar que alguna disposición no bien definida lleve a que se produzca la violación de la intimidad de los estudiantes en las escuelas.
El autor es estudiante de Derecho en la UAM