La moneda, una herencia de libertad

Con anterioridad a Mariano Arosemena con su idea del Panamá Hanseático, pasando por Justo Arosemena y el Estado Federal, y terminando con nuestra independencia como Estado nación, los panameños luchamos por ser libres para poder manejar, entre otras cosas, nuestros asuntos económicos sin sujeción a decisiones foráneas.

Esta lucha redujo un poco su intensidad en el período en que Panamá logró el estatus de Estado soberano dentro de la Federación colombiana. Pero, en 1886, con la aprobación de la Constitución conocida como de la "Regeneración", Panamá pasó a ser un territorio gobernado de manera directa desde Bogotá. Esto dio impulso nuevamente a nuestros anhelos de libertad.

Para agregar sal a la herida, el Gobierno colombiano aprobó la Ley 87 de 1886, la cual le dio el carácter de moneda legal de la República al billete emitido por el Banco Nacional de Colombia, impuso su recibo forzoso para redimir obligaciones públicas y entre particulares, y prohibió estipular cualquier otra moneda en los contratos. Esta ley fue muy impopular en Panamá, puesto que tuvo un tremendo impacto negativo en la economía del país.

Y es que, ya para entonces, una parte sustancial de nuestra economía estaba basada en la importación y reexportación de bienes. Al obligar que las contrataciones se llevaran a cabo en una moneda no convertible, de circulación limitada únicamente en Colombia, hizo que se complicara de manera sustancial este intercambio comercial puesto que los comerciantes panameños se veían obligados a comprar bienes, fuera de Colombia, en oro o plata, teniendo que vender los suyos en pesos colombianos, los cuales, a su vez, tenían que ser adquiridos por sus clientes foráneos (esta parte de la norma fue más tarde revertida para el comercio con empresas radicadas en el exterior, pero ya se había generado una gran oposición).

Pero esta medida económica, aunque fue combatida por un sector importante del empresariado colombiano, logró apoyo popular porque le dio un impulso a la actividad exportadora de café (además, se aumentaron los aranceles y se aprobaron leyes de protección a la producción nacional, dándole así inicio a una larga tradición de clientelismo político). Esta popularidad continuó inalterable hasta que el gobierno comenzó a financiar las guerras civiles con la impresión de papel moneda, generando con ello altas tasas de inflación. Según economistas colombianos, durante la Guerra de los Mil Días hubo una enorme inflación en los tres años que duró la guerra, llegando a una tasa de 389% en 1901, con un promedio anual superior a 100% durante el período.

Dice el escritor colombiano Alejandro López Mejía, en publicación del Banco de la República de Colombia, que "durante los últimos años de la década del noventa (del siglo XIX), el Partido Liberal y los conservadores históricos intentaron acabar con la hegemonía de los conservadores nacionalistas y cambiar de esta manera la política de la Regeneración.

En el campo económico, la oposición deseaba quitarle el privilegio de emisión al Gobierno. Para ello, pedía la prohibición absoluta de nuevas emisiones de papel moneda, la amortización de los billetes fiduciarios, el restablecimiento de la circulación metálica y la libre estipulación, o sea, la posibilidad de hacer transacciones y compromisos comerciales en una moneda diferente al papel inconvertible.

En Panamá, estas tesis lograron popularidad, tanto por razones económicas como políticas. Recordemos que el país era mayoritariamente liberal. Por lo tanto, el ambiente hostil al papel moneda de curso forzoso, así como la prohibición para contratar en la moneda que las partes eligiesen y el monopolio de emisión monetaria estatal, fue el entorno en el cual se dio nuestra independencia.

Puedo asegurar que, por todo lo anterior, la Asamblea Constituyente de 1904 aprobó el Artículo 117 de la Constitución que decía: "No podrá haber en la República papel moneda de curso forzoso. En consecuencia, cualquier individuo puede rechazar todo billete u otra cédula que no le inspire confianza, ya sea de origen oficial o particular". En contraposición al artículo anterior, incluyó el Artículo 116, que decía: "La facultad de emitir moneda de curso legal, de cualquier clase que sea, pertenece a la Nación, y no es transferible. No habrá Bancos particulares de emisión". Ambos artículos son la base constitucional de nuestro actual sistema monetario y, en su esencia, se han mantenido vigentes hasta nuestros días.

Si le interesa conocer cuál es la evolución histórica, jurídica y económica posterior de este peculiar sistema y obtener respuestas a las inevitables preguntas que suscita: ¿cómo llegó el dólar a ser papel moneda de curso legal? ¿Cuál es la diferencia de curso legal y curso forzoso? ¿Cómo engarza el sistema monetario panameño en el sistema monetario internacional? ¿Qué pasó en Colombia luego de nuestra separación? ¿Qué podemos esperar en el futuro? Asista a la conferencia internacional "Cien años de dolarización o un siglo sin banca central: el caso de Panamá", el próximo 12 de noviembre en el hotel Intercontinental Miramar.

Edición Impresa