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Nuestra gobernanza electoral

Nuestra gobernanza electoral
El 82.6% de los panameños considera que la ‘Constitución’ no puede quedarse como está. El 44.1% de los encuestados por GAD3 dice que se requiere una constituyente, y otro 38.5% afirma que a través de dos Asambleas. Gabriel Rodríguez

El repaso del concepto, importancia y función de elecciones en nuestra democracia liberal, como preámbulo a una discusión del sistema electoral panameño, se hace necesario si tenemos como meta mejorar ese sistema y el Código Electoral que lo rige, dentro del marco más amplio de nuestra cultura política y la laxitud ideológica de nuestros partidos políticos existentes.

La función de elecciones en democracia es simplemente la conversión de votos en cargos ejecutivos o legislativos, resultado de comicios para elegir en el Ejecutivo a un presidente de la República o alcaldes municipales; en el Legislativo a representantes y concejales de corregimientos y a diputados de la Asamblea Nacional.

Su importancia intrínseca reside en el hecho de que, aun cuando existen leyes y reglamentos electorales muy detallados al respecto, al convertir esos resultados electorales en un gobierno o en una legislatura, estos desenlaces electorales casi siempre crean tensiones entre gobernantes y gobernados, por las diferentes expectativas que ambos tienen de sus capacidades y responsabilidades, presiones atenuadas en parte por esa libre elección democrática de candidatos, importante por promover el respeto a esos resultados, sin violencia.

La interacción entre la expectativa de la sociedad civil de contar con un gobierno o legislatura a la altura de los problemas a resolver y de su renovación tras elecciones democráticas que les garantice un desempeño exitoso a los elegidos, constituye el concepto básico democrático de elecciones periódicas como método para empoderar a la ciudadanía en la gobernanza de un país.

Este somero análisis del concepto, importancia y función de elecciones, necesariamente nos lleva al sistema electoral panameño, muy especialmente a su relación con las instituciones políticas partidistas y a la gobernabilidad de nuestro país.

Estructuralmente, nuestro sistema electoral tiene su marco constitucional en los 102 artículos de 4 títulos de nuestra Constitución Política (ver títulos: Derechos Políticos, Órgano Legislativo, Órgano Ejecutivo, Régimen Municipal y Provincial). Su marco institucional lo establecen los 646 artículos actuales del Código Electoral (16 veces reformado) y demás leyes y reglamentos electorales, junto con la correspondiente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. La historia de nuestras elecciones desde 1903 es parte esencial de esta estructura y de la cultura (o incultura) política panameña.

Este es el escenario estructural donde los actores de este drama electoral se debaten periódicamente, desafortunadamente haciendo gala de un desnivel inaceptable de conocimiento y docencia cívica, que incluye ignorar hasta el verdadero orden político deseado en democracia, que siempre debe ser empoderar a la ciudadanía civil en la gobernanza de un país.

En dicho escenario, dos principios fundamentales democráticos -representación y participación– toman diferentes roles en este drama: el uno, de “ciudadanía política”, o sea, los candidatos de la partidocracia representativa; el otro, de “ciudadanía civil”, o sea, los electores participativos. Un tercer actor, el Tribunal Electoral, como padrino neutral y confiable, es el vínculo dramático que vela por controlar las relaciones clientelares entre candidatos y electorado.

¿Funciona bien este sistema? Depende de quien pregunta, pues a pesar de que la Constitución garantiza el principio de representación proporcional (artículo 147.1), ella también establece un sistema híbrido de circuitos uninominales y plurinominales.

El Código Electoral y la partidocracia lo han convertido en un sistema electoral de mayoría relativa para la distribución de escaños parlamentarios, favoreciendo a candidatos de grandes partidos, sin reducir la disparidad que supuestamente garantiza la representación proporcional constitucional.

El sistema protege y promueve el clientelismo y el caciquismo, con candidaturas personalistas y localistas, en vez de promover campañas ideológicas y programáticas.

¿Cuál es la tarea? Hacer que prevalezca el criterio de la ciudadanía civil, apoyando la revocación de mandato, circunscripciones nacionales, financiamiento transparente y disminuir a 50 el número de diputados, cuando menos.

El autor es economista


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