En meses recientes se han planteado distintas propuestas relacionadas con la posibilidad de impulsar el despegue de nuestra economía, producto del deterioro generado por las medidas de cierre o reducción de actividades adoptadas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la pandemia de la Covid-19.
No cabe duda que estos efectos negativos han impactado en mayor o menor medida a todos los sectores, grandes empresas, pequeños emprendedores, trabajadores y profesionales, al igual que ha requerido incurrir en gastos adicionales al sector gubernamental, particularmente en el área de la salud.
Es claro que en estos momentos, aun cuando estamos atravesando una etapa optimista en cuanto a la situación de salud de la población nacional, por la reducción de contagios, de fatalidades y de decesos por la Covid-19, es vital diseñar una respuesta en el área económica y fiscal que aborde la problemática de la reducción de la actividad productiva.
Es importante que el Gobierno Nacional considere en su justa dimensión la gravedad de este escenario y se propongan medidas, algunas de naturaleza temporal (a 2 ó 3 años) y otras permanentes, que sirvan para mitigar en cierta forma los efectos económicos negativos de esta pandemia. Destaco seis medidas que bien vale la pena evaluar, sobre todo considerando nuestra situación actual:
* Otorgar un período de gracia o moratoria especial que permita a los contribuyentes, empresas y personas naturales, pagar el impuesto sobre la renta causado al 31 de marzo de 2021 (correspondiente al año fiscal 2020) en partidas que venzan para los últimos meses del año 2021 o incluso entrado el año 2022, de forma tal que no se generen intereses moratorios o recargos a aquellos contribuyentes que no puedan tener disponibilidad de fondos para pagar los impuestos adeudados al 15 de mayo próximo.
* Reducción de la tarifa del 25% de impuesto sobre la renta que aplica a las personas jurídicas (por ejemplo, llevarla a una tarifa de 20% o 15% que nos haría más competitivos a nivel internacional).
* Análisis de exoneraciones del impuesto sobre la renta, a fin de lograr implementar las reducciones señaladas previamente, es decir, la reducción del impuesto sobre la renta o del impuesto de dividendos, requiere revisar todas las exoneraciones otorgadas, a fin de lograr un balance en la recaudación por la reducción de la tarifa.
* Adoptar reglas de tributación de la economía digital, tanto a nivel de impuestos directos y/o impuestos indirectos, a través de un “establecimiento permanente digital” para efectos del impuesto sobre la renta y de normas de “importación de servicios” para efectos del ITBMS o de un impuesto digital específico, que bien podría incluirse como parte de nuestras modalidades de ISC.
* Adoptar un sistema de caja o efectivo para el ITBMS, de forma tal que el impuesto pase de un sistema devengado a un sistema de caja. Así, las empresas y profesionales solo quedan obligados a pagar el impuesto cuando hayan recibido efectivamente el pago de sus clientes y no afectar el flujo de caja de las empresas.
* Medidas de respaldo financiero a la banca y a los prestatarios locales de la misma, micro, pequeñas y medianas empresas. Por ejemplo, a través de un sistema de garantías o fianzas a través del cual el Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Nacional de Panamá, pueda afianzar obligaciones para deudores que califiquen para este auxilio. Esto, bajo la premisa de que cualquier moratoria destinada a beneficiar a cualquier sector debe ser respaldada financiera y económicamente por el Estado, por lo menos parcialmente.
Evidentemente, estas propuestas y ajustes tienen un coste presupuestario y fiscal, que tendría que solventarse como medidas tributarias que operen como rentas sustitutivas.
Sin embargo, dada la naturaleza de la crisis que enfrentamos, con una caída del PIB del 17% en el 2020, los ajustes que operen como rentas sustitutivas podrían entrar en vigencia en el periodo 2021 ó 2022 (una vez superado lo peor de la pandemia) y estudiar una eliminación o reducción escalonada de un cúmulo de exoneraciones e incentivos fiscales vigentes.
Siempre se debe tener en cuenta que cualquier medida fiscal que se adopte debe tener objetivos particulares: (i) servir de paliativo al sector privado en estos momentos de crisis y proteger las fuentes de empleo, y (ii) permitir que los ciudadanos, trabajadores, profesionales independientes y pequeños emprendedores puedan conservar su fuente de ingresos y tener mayor disponibilidad de recursos económicos.
Aunque la gravedad de la situación económica y financiera que estamos enfrentando producto de esta crisis sanitaria es importante, las autoridades encargadas de la política fiscal deben hacer frente a los efectos económicos de esta pandemia tomando en cuenta la voz de todas las partes, para garantizar una recuperación más rápida de nuestra economía.
El autor es abogado experto en tributación en Panamá y fiscalidad internacional
