Para alguien que ha vivido más de tres cuartos de siglo, lo que está sucediendo con los cambios constitucionales en la Asamblea no es nada extraño. Lo viví personalmente con el proyecto de reformas que propusimos el gabinete del presidente Guillermo Endara a la Asamblea en 1992, y que en el proceso del parto los legisladores nos sorprendieron con trillizos, siendo esta rechazada después en el plebiscito. Por tanto, considero que la decisión del presidente Cortizo de retirar el proyecto ha sido la correcta, ya que las altas posibilidades de correr esa misma suerte nos dejarían, de acuerdo a la actual Constitución, solo la alternativa de una Asamblea Constituyente Paralela.
A simple vista, pareciera que esta última opción es más democrática y participativa, sin embargo la realidad es que está atiborrada de incertidumbres y de peligrosas lagunas sobre el propio proceso que hay que seguir. Comenzando que deja totalmente en manos del actual Tribunal Electoral la responsabilidad de definir la fórmula de cómo se van a elegir a los 60 constituyentes y no escapa de nuestra realidad que han sido los partidos políticos quienes tradicionalmente han nombrado a los tres magistrados y que, además, cada quinquenio han definido los cambios al Código Electoral, siempre favorables a sus intereses. Además, ¿quienes más que ellos están preparados y bien financiados por el Estado, para llevar a cabo proselitismo político en todo el país y elegir de sus filas a los próximos candidatos a constituyentes? La mayoría del electorado que no es partidista, como sucedió con los candidatos independientes el pasado 5 de mayo, estarían sin duda en total desventaja frente a los candidatos de los partidos políticos.
Posteriormente, y una vez concluido este disparejo proceso electoral y resuelto las probables impugnaciones, serán proclamados(as) los 60 constituyentes, y a la sazón: ¿cuál será el método para elegir su junta directiva, que cite, proponga la agenda y lleve el control de asistencia y el orden en las reuniones? ¿Cómo serán formuladas las propuestas y discutidos los cambios: por grupos de trabajo o por el pleno? ¿Se aprobaran por mayoría o por unanimidad? ¿Las reuniones serán públicas o privadas? Una coma puede variar el fondo o propósito de una norma. Entonces, la revisión del texto final, ¿a cargo de quien estará? ¿Podrá el soberano votar “si” o “no” por cada artículo modificado o tendrá que aceptar o negar la totalidad de la propuesta? Muchas interrogantes hacen que esta alternativa sea sumamente riesgosa y aprovecho para sugerir que en la nueva propuesta de modificaciones sea incluida para su enmienda el numeral 3 del artículo 313 de la actual Constitución.
Por otro lado, existe un grupo de ciudadanos organizados en asociaciones, sindicatos y federaciones de corte socialista que protestan y exigen con vehemencia realizar una “Constituyente Originaria”, que en la actualidad no está contemplada en nuestra Constitución y sería, por tanto, inconstitucional tratar de imponer esa clase de reformas. Su propuesta radica en modificar totalmente la Constitución para cambiar nuestro fracasado sistema “neoliberal” de libre empresa y de respeto por la propiedad privada, por uno de mayor control del Estado, y de expropiación de industrias, fincas, medios de comunicación y empresas privadas, para así lograr, como en Cuba y Venezuela, una mejor distribución de la riqueza y poder resolver los problemas nacionales. No voy a perder tiempo explicando porque este sistema del “Socialismo del siglo XXI” no ha funcionado, pero si deseo precisar lo iluso que es pensar que una nueva Constitución es la fórmula mágica de acabar con la pobreza o cambiar las malas costumbres de los ciudadanos.
Mucho menos considero que la gran mayoría de los ciudadanos nos vamos a dejar imponer normas foráneas, solo porque han funcionado bien o mal en otras naciones. ¿Creen ellos que la Constitución de Suiza va a funcionar aquí sin los suizos? ¿Que las rígidas leyes de Singapur se podría aplicar a los panameños? ¿Qué los controles laborales en China sean aceptados por nuestros trabajadores? Si fuese así de fácil, les propondría a nuestros diputados una ley que ordene llover más para no tener problemas de sequías o bajo nivel de los lagos, u otra que prohíba que haya más fracasos en las escuelas, o una que obligue a desaparecer las enfermedades y así salvar la CSS.
Para concluir, concuerdo con el apreciado jurista doctor Carlos Bolívar Pedreschi, en su reciente contribución impresa sobre los cambios constitucionales, donde establece que “no es el método que se utilice para cambiar la Constitución lo que garantizará sus buenos resultados, sino el contenido de los cambios aprobados”.
Apoyemos al equipo que trabajará en las nuevas reformas constitucionales y al presidente por su interés para que sean debidamente aprobadas por las dos Asambleas y por el pueblo soberano de Panamá.
El autor es ex ministro de Estado