De cara al proceso de reformas constitucionales, se hace cada vez más importante analizar el carácter futuro y orgánico del Estado. Las reformas proponen incluir nuevas disposiciones y garantías, también establecen un sistema de contrapesos y balances a través del Orden Constitucional.
Entre las nuevas apuestas a garantizar armonía entre los poderes del Estado, está la creación de un nuevo tribunal que estará a cargo de la interpretación y salvaguarda de la Constitución Política así como facultades de investigación e imputación de cargos por parte de la Procuraduría de la Administración a fin de llevar ante la justicia por supuestos delitos cometidos, a los diputados.
El Ministerio Público podrá procesar a magistrados de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional. Una propuesta muy bien intencionada ante el actual pacto de no-agresión entre la Corte Suprema y la Asamblea Nacional.
El antecedente más cercano de una jurisdicción Constitucional independiente en Latinoamérica -en tiempos contemporáneos- surge en 1965, en Guatemala. Sin embargo, esta figura no es para nada extraña. Países como Chile, Perú, Colombia y Bolivia cuentan con un Tribunal Constitucional reconocido en su Carta Magna.
En Panamá, los primeros antecedentes de una entidad autónoma que interpretase y custodiase la Constitución surgen una vez instituida la democracia, cuando en 1999, la Ley 32 del 23 de julio crea la Sala Quinta de Instituciones de Garantía de la Corte Suprema de Justicia, que luego fue derogada por otra Ley.
En 2019, surge una vez más la discusión. ¿Esta competencia debe estar adscrita a la Corte o debe ser a través de un ente independiente? Las reformas aprobadas en la primera legislatura apuntan a la elección de la segunda.
La pregunta a hacerse es si estas figuras y funciones garantizarán independencia de los órganos del Estado. En lo personal, pienso que no. Es lamentable que tengamos que crear nuevas instancias judiciales para garantizar lo que, por mandato de la Ley Fundamental, debe emanar de cada una: imparcialidad e independencia. En esta coyuntura, ahora más que nunca, cobra importancia la necesidad de una reforma profunda y no cosmética a nuestra Carta Magna que frene el caos existente en la administración pública . En la práctica, la creación del Tribunal Constitucional y de las Procuradurías de la Nación y de la Administración los haría nuevos poderes del Estado. Considero que ello sería así ya que ambas tendrían características similares: independencia jurisdiccional y acción penal en los órganos del Estado.
No debemos perder de vista variables que deberíamos considerar al evaluar el escenario estatal futuro: de aprobarse las reformas como están, la Asamblea Nacional podrá nombrar un fiscal encargado de procesar a los procuradores antes mencionados. Hay que destacar que estas procuradurías acompañan al Órgano Judicial, y este último siempre debe ‘’mendigar’’ su presupuesto como estamos acostumbrados a ver cada año ante la Asamblea Nacional.
Si esta vía de reforma propone un escenario de desorden constitucional, debemos apostar a un proceso que re-articule las instituciones y poderes del Estado. Opino que una reforma constitucional como la descrita no hará cesar los ‘’pactos de no-agresión’’, por el contrario, podría generar “tratados de no-agresión’’.
Esto debe ser tomado en cuenta para el nuevo proceso que lidera el PNUD.
El autor es egresado del Laboratorio Latinoamericano de Acción Ciudadana