El costo de cubrir los salarios, gastos de movilización y de representación, y el pago de dietas a autoridades locales, asciende a al menos $36 millones anuales. Así consta en documentos de la Contraloría General de la República.
Solo en gastos de movilización, 751 alcaldes y representantes reciben unos $12 millones anuales. En algunos casos, estos son de $3 mil mensuales por representante. Los datos demuestran que los fondos asignados dependen del distrito y parecen no seguir un esquema de asignación.
Por ley, las autoridades locales son las responsables de asignarse los gastos de movilización y representación.
Gobiernos locales gastan millones de dólares sin control
Los alcaldes y representantes de todo el país cuentan, en total, con gastos de movilización que ascienden a por lo menos $1 millón 26 mil al mes. Es decir, se asignan a sí mismos $12.3 millones al año solo en este rubro.
Estos ingresos se suman al cobro de dietas por asistir a reuniones de los concejos Municipal y Provincial (con montos varían por distrito), al pago de salarios mensuales y a los gastos de representación, los cuales también varían. En total, son $3 millones mensuales -$36 millones al año- en sueldos y pagos agregados a 751 alcaldes y representantes del país.
Los 116 alcaldes y representantes de la provincia de Chiriquí son los que más reciben mensualmente ($529 mil 353 mensuales). Solo en gastos de movilización, el monto mensual asciende a unos $236 mil 375 mensuales. Si bien es una de las provincias con mayor cantidad de autoridades locales, hay diferencias al contrastar con Veraguas, la cual tiene un total de 117. (Ver tabla).

Veraguas acumula $398 mil 698 mensuales en pago de salarios, dietas, y gastos de movilización y representación. La gran diferencia con Chiriquí se da en gastos de movilización, donde Veraguas destina $115 mil 638, unos $120 mil menos que lo destinado para alcaldes y representantes chiricanos.
Los datos reportados provienen de la propia Contraloría General de la República, tras una solicitud de información detallada por gastos mensuales que interpuso el abogado Ernesto Cedeño. En los documentos entregados a Cedeño se especifica que los datos fueron recopilados y reportados por las oficinas de fiscalización de cada provincia y distrito.
La información muestra disparidad en lo que reciben algunos representantes de corregimiento si se les compara con sus pares, principalmente si se analiza el componente de gastos de representación.
En gastos relacionados a la movilización, si bien es igual dentro de cada distrito, municipios similares cuentan con montos extremadamente distintos. Por ejemplo, en Alanje, Chiriquí, el alcalde y los nueve representantes de corregimiento cuentan con gastos de movilización de $2 mil mensuales, cada uno. En cambio, en Boquerón, uno de los distritos colindantes, cada uno de los ocho representantes cuentan con $3 mil mensuales, mientras que el alcalde del distrito recibe $3 mil 475 al mes.
Igual ocurre en Bocas del Toro: todos los distritos reportan montos disímiles para movilización. En Changuinola, cada uno de los 13 representantes cuenta con $1,800 mensuales para este rubro. Por otro lado, en los distritos de Bocas del Toro y Almirante, reciben $2,000 y $600 mensuales, respectivamente. De igual forma, algunos distritos, como es el caso de Changuinola, contemplan gastos de representación para los representantes, mientras otros no designan fondos para este rubro. En total, se destinan $49 mil 500 cada mes, a los gastos de movilización de 34 autoridades locales bocatoreñas.
Los datos que entregó la Contraloría incluyen el desglose de todos los pagos de este tipo hechos a autoridades locales. Además, en su solicitud, Cedeño pidió aclaración a la Contraloría de cuáles son los instrumentos legales que se han utilizado para “precisar el gasto de movilización fijo”.
La Contraloría respondió que “los Municipios que otorgan gastos de movilización a sus autoridades lo hacen a través de Acuerdos Municipales, mediante los cuales se aprueba el presupuesto”. De hecho, así lo detalla la ley de descentralización (Ley 37 de 2009, reformada por la Ley 66 de 2015). Los montos son asignados por los propios municipios o corregimientos, como parte de las responsabilidades detalladas en esa ley.
“Los consejos municipales tendrán competencia para estudiar, evaluar y aprobar el presupuesto de rentas y gastos municipales, que comprenderá el programa de funcionamiento y de inversiones”, es parte de lo plasmado en norma. Los sueldos, gastos de movilización y de representación y dietas caen bajo el presupuesto de funcionamiento de las entidades.
En los últimos meses, las modificaciones a la ley de descentralización han estado en discusión en la Asamblea Nacional. Las reformas podrían significar más competencias y presupuesto para los gobierno locales.
Distintas voces, tanto legislativas como ciudadanas, aseguran confiar en la descentralización, pero consideran que la misma no será efectiva si no hay amplia participación ciudadana y fiscalización del uso de los fondos. Se tiene previsto retomar la discusión en enero próximo.
Denuncia por descontrol
Cedeño presentó una denuncia de carácter administrativo ante la Procuraduría de la Administración, el pasado lunes 8 de noviembre. Alega que la Contraloría no ejerce el control que le corresponde sobre la utilización del gasto público.
Si bien la Contraloría argumenta que la utilización de estos fondos queda a discreción de los municipios y juntas comunales, Cedeño considera que algunos de los gastos expuestos son inadmisibles desde todo punto de vista.

