La Corte Suprema de Justicia abrió a consulta por espacio de 10 días, a particulares y cualquier persona interesada, para que emitan su opinión en la demanda de inconstitucionalidad del artículo 470 del Código Procesal Penal, que establece un término de dos meses para investigar al presidente de la República cuando este sea objeto de una denuncia o querella penal.
En un edicto fijado el pasado miércoles en la Secretaría General de la Corte, se dispone que los interesados tendrán un término de 10 días para la presentación de de sus criterios, con relación a la demanda de inconstitucionalidad que fuera presentada por el abogado Rogelio Cruz.
Cruz puso una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 470 del Código Procesal Penal, el cual en su segundo párrafo plantea que “el fiscal designado dispondrá de un plazo de hasta dos meses calendario para examinar la documentación e investigar los hechos objeto de la denuncia o querella contra el presidente”.
La demanda fue presentada por Cruz en enero pasado, luego de que la Corte declarara inconstitucional el artículo 491-A de dicho Código, que otorgaba un período de dos meses para investigar a los diputados. Esta demanda había sido presentada por el magistrado Oydén Ortega Durán, dentro del proceso seguido al expresidente Ricardo Martinelli por presunto peculado en la asignación de contratos a través del Programa de Ayuda Nacional para la compra de comida deshidratada.
Cruz alega que si la Corte declaró inconstitucional el 491-A debe hacer lo mismo con el 470, ya que se trata de la misma materia.
Uno de los argumentos de la Corte para declarar inconstitucional el artículo 491-A del Código Procesal Penal es el hecho de que creaba fueros y privilegios a favor de los diputados.
Se informó que el procurador de la Administración, Rigoberto González, deberá emitir opinión en esta demanda, que luego tendrá que ser debatida por la Corte.